Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 99 Viernes, 26 de mayo de 2017 Pág. 25662

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2017, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Culleredo (expediente IN407A 2016/1113-1).

Expediente: IN407A 2016/1113-1.

Promotor: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Denominación de la instalación: retranqueo LMTS SMC-711 Almeiras.

Ayuntamiento: Culleredo.

Hechos:

1. El 3 de junio de 2016 el promotor solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante su inserción en el DOG de 28 de julio y en el BOP de 12 de julio de 2016.

3. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados. El promotor manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

4. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron un informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

1. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

4. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condicións técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

6. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– Tramo de línea de media tensión SMC-711 a 15 kV, con una longitud de 91 m, con el origen en el apoyo nº 2 proyectado de la LMT SMC-711, en el tramo entre el CT Almeiras (expediente 251/00) y el CT Ombre (expediente 239/06), conductor tipo Pigeon/99,22 mm2 (existente a retensar) y final en el apoyo nº 3 existente de la LMT SMC-711, en el tramo entre el CT Almeiras (expediente 251/00) y el CT Ombre (expediente 239/06).

– Línea de media tensión subterránea a 15 kV con una longitud de 212 m, con el origen en el CT Almeiras (expediente 251/00), conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al y final en el paso de subterráneo a aéreo a realizar en el apoyo nº 2 proyectado que substituye al existente de la LMT SMC-711, en el tramo entre el CT Almeiras (expediente 251/00) y el CT Ombre (expediente 239/06).

– Reforma del centro de transformación no prefabricado, con una potencia de 630 kVA y relación de transformación de 15.000/400 V.

El presupuesto de la instalación según proyecto es de 83.326,58 €.

7. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del director del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiera, así como de las reglamentaciones y normas oportunas, en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que fuesen de aplicación según la legislación vigente, en especial la relativa a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 25 de abril de 2017

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña