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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 96 Lunes, 22 de mayo de 2017 Pág. 24682

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (361/2014).

PO. Procedimiento ordinario 361/2014

Procedimiento origen: sobre ordinario

Demandante: María Josefa Lorenzo Varela

Abogada: Cristina Augusta Gómez Lozano

Demandados: Tortoni, S.L., Financial Developed Arabia Saudí, S.L., Soros Investiment Corporation Spain, S.L., Cocimanía Noroeste, S.L., Fondo de Garantía Salarial, Emilio Suárez de Ron, Técnicos Hosteleros del Noroeste, S.L., Orzapub, S.L., Javier Antonio Álvarez Poch, Rodríguez Porvén Bernabé, S.L.

Yo, María Jesús Hernando Arenas, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 361/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Josefa Lorenzo Varela contra Tortoni, S.L., Financial Developed Arabia Saudí, S.L., Soros Investiment Corporation Spain, S.L., Cocimanía Noroeste, S.L., Fondo de Garantía Salarial, Emilio Suárez de Ron, Técnicos Hosteleros del Noroeste, S.L., Orzapub, S.L., Javier Antonio Álvarez Poch y Rodríguez Porvén Bernabé, S.L. sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia aclarada cuyo fallo dice:

Que debo rectificar/completar la sentencia dictada en las presentes actuaciones el pasado día 17 de abril de 2017, quedando redactado su fallo del siguiente modo, manteniéndose íntegramente en los restantes pronunciamientos.

«... Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por María Josefa Lorenzo Varela contra la entidad Tortoni, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la entidad Tortoni, S.L. a que abone a la demandante la cantidad de 5.533,33 euros brutos, por salarios devengados desde noviembre de 2013 al 3 de febrero de 2014, y horas extras realizadas entre el 1 de octubre de 2013 y el 30 de noviembre de 2013, incrementadas en el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales.

Que debo desestimar y desestimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por María Josefa Lorenzo Varela contra las entidades Financial Developed Arabia Saudí, S.L., Soros Investiment Corporation Spain, S.L., Cocimanía Noroeste, S.L., Técnicos Hosteleros del Noroeste, S.L., Orzapub, S.L. y Rodríguez Porven Bernabé, S.L. contra Emilio Suárez de Ron y Javier Antonio Álvarez Poch y, en consecuencia, debo absolverlas de las pretensiones formuladas en su contra.

Para que sirva de notificación en legal forma a Tortoni, S.L., Técnicos Hosteleros del Noroeste, S.L., Soros Investiment Corporation Spain, S.L., Financial Developed Arabia Saudí, S.L., Rodríguez Porvén Bernabé, S.L. y Orzapub, S.L, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se les advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 27 de abril de 2017

La letrada de la Administración de justicia