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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 96 Lunes, 22 de mayo de 2017 Pág. 24592

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

EXTRACTO de la Orden de 28 de abril de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria pública para la concesión de la subvención especial y de la cuantía adicional previstas en el Real decreto 196/2010, de 26 de febrero, por el que se establecen medidas para facilitar la reinserción laboral, así como el establecimiento de ayudas especiales a los trabajadores afectados por los expedientes de regulación de empleo 76/2000, de 8 de marzo de 2001, y 25/2001, de 31 de julio.

BDNS (identif.): 346832.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Serán personas beneficiarias de la subvención especial y/o cuantía adicional, recogidas en esta orden, las personas trabajadoras afectadas por los expedientes de regulación de empleo 76/2000, de 8 de marzo de 2001, o 25/2001, de 31 de julio, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Tener 52 o más años.

b) Estar desempleado, no ocupado e inscrito como demandante de empleo en las oficinas de empleo del Servicio Público de Empleo de Galicia.

c) No tener derecho a goce de la prestación por desempleo de nivel contributivo o, en caso de tener derecho a ésta, haberla agotada.

d) Para la percepción de la cuantía adicional, haber subscrito el convenio especial con la Seguridad Social que se regula en el artículo 5 bis del citado Real decreto 196/2010.

Serán personas beneficiarias las personas trabajadoras que, cumpliendo los requisitos del apartado 1 anterior y los demás establecidos en esta orden, permanezcan en situación de desempleo desde la extinción de sus contratos por los expedientes de regulación de empleo 76/2000, de 8 de marzo de 2001, y 25/2001, de 31 de julio. Asimismo, se podrán beneficiar de dichas subvenciones las personas trabajadoras que, con posterioridad a los citados expedientes de regulación de empleo, realizasen trabajos por cuenta ajena o por cuenta propia y se hubiese producido la extinción del trabajo por cuenta ajena o el cese de la actividad por cuenta propia, con anterioridad al 28 de febrero de 2010 o con posterioridad a dicha fecha, quedando en situación de desempleo. Si la causa de la finalización de la actividad por cuenta propia o ajena fuese por voluntad de la persona trabajadora, se aplicará, en su caso, lo contemplado en el párrafo siguiente.

No se tendrá derecho a la subvención en el supuesto de que la persona trabajadora extinguiese su contrato por cuenta ajena o cesase en su actividad por cuenta propia, por voluntad propia sin causa justificada en el plazo de los tres meses anteriores al 28 de febrero de 2010 o con posterioridad a dicha fecha.

Cuando la persona solicitante reúna los requisitos indicados en el apartado 1, excepto la letra c), y esté percibiendo la prestación contributiva por desempleo, el derecho al goce de las ayudas contempladas en la presente orden comenzará a partir del día siguiente a la extinción de la citada prestación.

No podrán obtener la condición de persona beneficiaria de las subvenciones previstas en esta orden aquellas en las cuales concurran algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y la convocatoria pública, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, del procedimiento de concesión directa de la subvención especial (TR361A) y de la cuantía adicional (TR361B) previstas en el Real decreto 196/2010, de 26 de febrero, por el que se establecen medidas para facilitar la reinserción laboral, así como el establecimiento de ayudas especiales a los trabajadores afectados por los expedientes de regulación de empleo 76/2000, de 8 de marzo de 2001, y 25/2001, de 31 de julio, modificado por el Real decreto 1783/2011, de 16 de diciembre.

Tercero. Bases reguladoras

La bases reguladoras están establecidas en la Orden de 28 de abril de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria pública para la concesión de la subvención especial y de la cuantía adicional previstas en el Real decreto 196/2010, de 26 de febrero, por el que se establecen medidas para facilitar la reinserción laboral, así como el establecimiento de ayudas especiales a los trabajadores afectados por los expedientes de regulación de empleo 76/2000, de 8 de marzo de 2001, y 25/2001, de 31 de julio.

Cuarto. Importe

Durante la vigencia del programa se dará publicidad al crédito destinado a la concesión de las ayudas previstas en esta orden para la anualidad correspondiente, mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de Orientación y Promoción Laboral.

Para el ejercicio 2017, este crédito será el aprobado por la Resolución de 23 de marzo de 2017 por un importe de 250.000 euros en la aplicación presupuestaria 09.41.322A.480.2, proyecto 2013 00544, que podrá ser ampliado en función de las necesidades y de los fondos transferidos por el Servicio Público de Empleo Estatal.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Dos meses desde que se cumplan los requisitos establecidos en esta orden. Orden de plazo abierto.

Santiago de Compostela, 28 de abril de 2017

Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria