Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 91 Viernes, 12 de mayo de 2017 Pág. 23395

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 17 de abril de 2017 por la que se autoriza la transmisión mortis causa del 50 % y, sucesivamente, mortis causa mediante pacto sucesorio de mejora del otro 50 %, de la concesión administrativa y de la batea Sinde III.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea Sinde III y de la concesión administrativa que lo ampara, resulta:

a) Antecedentes.

Primero. Mediante escrito de 17 de abril de 2017, Luisa Oubiña Dios solicita autorización para la transmisión mortis causa por el fallecimiento de su marido José Gondar Muñiz el 11 de julio de 2016, como cotitular del 50 % de la concesión administrativa y de la batea Sinde III, al mismo tiempo que solicita transmisión mortis causa del otro 50 % mediante pacto sucesorio de mejora.

Segundo. La solicitante presentó la documentación requerida para la tramitación de este tipo de procedimientos.

b) Consideraciones legales y técnicas.

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente, de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG núm. 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG núm. 243, de 15 de diciembre), con la Resolución de 12 de abril de 2012 de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar, y con la disposición adicional novena del Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 239, de 16 de diciembre), que dispone que las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos superiores y de dirección afectados por este decreto continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas. Asimismo, el Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Mar (DOG núm. 221, de 19 de noviembre), dispone la creación de las jefaturas territoriales.

Segunda. La Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia (DOG núm. 124, de 29 de junio), en sus artículos 209 y siguientes, regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa y con la forma de pactos de apartación o pactos de mejora.

Tercera. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG núm. 228, de 21 de noviembre), y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG núm. 126, de 2 de julio).

Vistas las disposiciones citadas, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa del 50 % y, sucesivamente, mortis causa, mediante pacto sucesorio de mejora del otro 50 % a favor de Marina Gondar Oubiña (35456117F), de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nome: Sinde III.

Situación:

Cuadrícula nº: 118.

Polígono: E.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título administrativo habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 14 de octubre de 1964.

Fin de la vigencia: 15 de diciembre de 2019.

Actuales titulares: José Gondar Muñiz y Luisa Oubiña Dios (35333507X-35333270A) 100 % ganancial.

Nueva titular: Marina Gondar Oubiña (35456117F) 100 % privativa.

La nueva titular de la concesión administrativa se subroga en los derechos y obligaciones de los anteriores.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a contar en ambos casos desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 17 de abril de 2017

La conselleira del Mar
P.D. (Resolución de 12.4.2012)
Juan Carlos Barreiro González
Jefe territorial de A Coruña