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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 91 Viernes, 12 de mayo de 2017 Pág. 23423

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Infraestructuras

ANUNCIO de 5 de mayo de 2017 para hacer pública la resolución por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la PO-552. Tramos: Coruxo-Roteas (punto kilométrico 3+280 - 4+440), A Estea (punto kilométrico 5+660 - 6+070), Priegue (punto kilométrico 6+910 - 7+500) (clave PO/16/103.06).

Con fecha 4 de mayo de 2017, la dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras, por delegación de la conselleira de Infraestructuras y Vivienda (Orden de 4 de febrero de 2013, Diario Oficial de Galicia de 20 de febrero), visto el informe del análisis de las alegaciones, resolvió lo siguiente:

Antecedentes de hecho:

Primero. Con fecha de 11 de noviembre de 2016 se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 215 el Anuncio de 17 de octubre de 2016 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la PO-552. Tramos: Coruxo-Roteas (p.k. 3+280 - 4+440), A Estea (p.k. 5+660 - 6+070), Priegue (p.k. 6+910 - 7+500), de clave PO/16/103.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

El anteproyecto que se tramitó en la información pública era una separata para información pública del proyecto constructivo, y posteriormente se redactó dicho proyecto constructivo con base en la referida separata.

Segundo. Durante todo el trámite de información pública se presentaron alegaciones, informes y certificados, y se procedió a su valoración.

Fundamentos de derecho:

Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el mencionado proyecto de construcción se sometió al trámite de información pública, durante un período de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Segundo. Que simultáneamente al trámite señalado en el párrafo anterior, y a los efectos previstos en el artículo 56.1 del Reglamento de expropiación forzosa, se sometió a información pública la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por la realización de la obra correspondiente.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la PO-552. Tramos: Coruxo-Roteas (p.k. 3+280 - 4+440), A Estea (p.k. 5+660 - 6+070), Priegue (p.k. 6+910 - 7+500), de clave PO/16/103.06, manteniendo el trazado propuesto como definitivo, y teniendo en cuenta los siguientes condicionantes:

1. Atendiendo a las alegaciones presentadas, se harán ajustes en su sección transversal, para minimizar las afecciones.

2. Se corregirán los errores detectados en los datos relativos a la titularidad y en la relación de bienes afectados.

3. Todas las recomendaciones expuestas por los diferentes organismos que emitieron informe se tendrán en cuenta en fases posteriores.

Segundo. Según establece el artículo 23 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los ayuntamientos de Vigo y Nigrán deberá adaptar su planeamiento urbanístico al contenido en el proyecto, en el que se establecerán las determinaciones del planeamiento urbanístico que deben ser modificadas como consecuencia de su aprobación, en el plazo que determine este último y, en todo caso, en su primera modificación o revisión.

Tercero. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa o bien recurso potestativo de reposición ante la conselleira de Infraestructuras y Vivienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santiago de Compostela, 5 de mayo de 2017

Francisco Menéndez Iglesias
Director de la Agencia Gallega de Infraestructuras