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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 84 Miércoles, 3 de mayo de 2017 Pág. 21818

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 170/2015).

Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 170/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Juan Manuel Rodríguez Lamas contra Semar Aluminio, S.L., Sistemas Especiales Metálicos para la Arquitectura, S.L., Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Sentencia 41/2017.

Demandante: Juan Manuel Rodríguez Lamas.

Demandados: Semar Aluminio, S.L., Sistemas Especiales Metálicos para la Arquitectura, S.L., Fogasa.

Abogados: (..), (…), Fogasa.

Santiago de Compostela, 23 de enero de 2017

Sandra María Iglesias Barral, magistrada del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el número 170/2015, siendo parte en el mismo, como demandante, Juan Manuel Rodríguez Lamas, asistido por la letrada Sra. Muíño Pose y, como demandados, Semar Aluminio, S.L. y Sistemas Especiales Metálicos para la Arquitectura, S.L., Marcial García, S.L., Marcial García Guillín, María Abel Fernández Tarrío y María del Carmen Guillín Rey, que no comparecen, pese a su citación en legal forma, al igual que el Fogasa (Fondo de Garantía Salarial), citado de oficio, ha pronunciado esta sentencia en nombre del rey, con base en los siguientes:

Fallo: se estima la demanda interpuesta por Juan Manuel Rodríguez Lamas frente a Semar Aluminio, S.L. y Sistemas Especiales Metálicos para la Arquitectura, S.L., Marcial García, S.L., Marcial García Guillín, María Abel Fernández Tarrío y María del Carmen Guillín Rey y, en consecuencia, se condena solidariamente a los demandados a abonar al actor la cantidad de 834,79 euros, más el interés del 10 %. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad, en su caso, del Fogasa.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución no cabe recurso de suplicación.

Así lo acuerda, manda y firma Sandra María Iglesias Barral, magistrada del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela».

Y para que sirva de notificación en legal forma a María Abel Fernández Tarrío, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 10 de abril de 2017

La letrada de la Administración de justicia