Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Viernes, 21 de abril de 2017 Pág. 18825

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (887/2016).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de Refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 887/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Brais Oliveira Sanjurjo contra ATUNICE, S.A. y Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Juzgado de lo Social número 5 de Refuerzo de A Coruña

Sentencia: 170/2017

Juez: Javier López Cotelo

Procedimiento: despido 887/2016

Demandante: Brais Oliveira Sanjurjo

Letrado: Sr. Ferrero Ferrero

Demandada: ATUNICE, S.A.

Fogasa

Sentencia nº 170/2017

A Coruña, 16 de marzo de 2017

Fallo:

1º. Estimo la demanda sobre despido formulada por Brais Oliveira Sanjurjo frente a la empresa ATUNICE, S.A. y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido y la extinción de la relación laboral a la fecha de esta sentencia. Todo ello con condena de la empresa al abono de la indemnización detallada en el apartado segundo de este fallo.

2º. La indemnización a abonar por las empresas demandadas, según lo dispuesto en el apartado anterior, asciende a la cantidad de 13.605,65 euros.

3º. Condeno a la empresa demandada a que abone al trabajador los salarios de tramitación desde la fecha del despido a la fecha de la extinción de la relación laboral en el día de hoy a razón de 44,01 €/día, lo que da la cantidad de 39.917,07 euros.

4º. El Fogasa habrá de pasar por lo decidido en esta resolución.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncia, manda y firma, Javier López Cotelo, juez social de refuerzo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por el juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la letrada de la Administración de justicia, doy fe.

Para que sirva de notificación en legal forma a ATUNICE, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 28 de marzo de 2017

La letrada de la Administración de justicia