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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 74 Martes, 18 de abril de 2017 Pág. 18241

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 20 de marzo de 2017 por la que se autoriza la transmisión mortis causa de las concesiones administrativas y de las bateas Emilia V y Ango II.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de las bateas Emilia V y Ango II y de las concesiones administrativas que las amparan, resulta:

a) Antecedentes.

Primero. Mediante escrito de 16 de marzo de 2017, Nilda Redondo Lorenzo, en representación de la comunidad de herederos de Emilio Esperante Rebollido, solicita la transmisión mortis causa y, al mismo tiempo, solicita la transmisión mortis causa mediante pacto de mejora a favor de sus hijos, José Fco. Esperante Redondo y Mª José Esperante Redondo, de las concesiones administrativas y de las bateas Emilia V y Ango II.

Segundo. La solicitante presentó la documentación requerida para la tramitación de este tipo de procedimientos.

b) Consideraciones legales y técnicas.

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre; con la Resolución de 12 de abril de 2012 de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar, y con la disposición adicional novena del Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia, que dispone que las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos superiores y de dirección afectados por este decreto continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas. Asimismo, el Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Mar, dispone la creación de las jefaturas territoriales.

Segundo. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa, a favor de José Fco. Esperante Redondo (76778074A) y Mª José Esperante Redondo (76779853B), de las concesiones administrativas y de las bateas que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Emilia V.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 93, polígono: E, distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 28.11.1967.

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Antiguos titulares: Emilio Esperante Rebollido y Nilda Redondo Lorenzo (76497157P- 33228567F), 100 % ganancial.

Nuevos titulares: José Fco. Esperante Redondo (76778074A), 50 % privativo, y María José Esperante Redondo (76779853B), 50 % privativo.

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Ango II.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 229, polígono: E, distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 29.2.1964.

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Antiguos titulares: Emilio Esperante Rebollido, Nilda Redondo Lorenzo (76497157P-33228567F), 50 % ganancial, y José Fco. Esperante Redondo (76778074A), 50 % privativo.

Nuevos titulares: José Fco. Esperante Redondo (76778074A), 75 % privativo, y María José Esperante Redondo (76779853B), 25 % privativo.

Los nuevos titulares de las concesiones administrativas quedan subrogados en los derechos y obligaciones de los anteriores.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 20 de marzo de 2017

La conselleira del Mar
P.D. (Resolución de 12.4.2012)
Juan Carlos Barreiro González
Xefe territorial de A Coruña