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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 73 Lunes, 17 de abril de 2017 Pág. 17970

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (351/2016 bis 2).

Yo, Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 351/2016 bis 2 a instancia de Rocío Mosquera Liñares contra la empresa Confecciones Deus S.L., la empresa Strass Textil, S.L., las empresas Confecciones Fraga, S.L., Plataforma Costurera, S.L., Bendita Costura, S.L., Pedracapela, S.L., Gaviota Textil XXI, S.L., Nuevo Siglo Textil, S.L., Perseo Textil, S.L., Costura Invisible, S.L., Deus Creaciones, S.L., Shivshi, S.L., Área Inversora y Financiera del Atlántico XXI, S.L., Vainica Doble, S.L., Deus Deluxe, S.L., Confección Ideal, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre resolución de contrato y cantidad, en los que recayó sentencia el 11.1.2017 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo:

Se estima parcialmente la demanda formulada por Rocío Mosquera Liñares frente a Confecciones Deus, S.L., Strass Textil, S.L., Confecciones Fraga, S.L., Plataforma Costurera, S.L., Bendita Costura, S.L., Pedracapela, S.L., Gaviota Textil XXI, S.L., Nuevo Siglo Textiles, S.L., Perseo Textil, S.L. Costura Invisible, S.L., Deus Creaciones, S.L., Shivshi, S.L., Área Inversora y Financiera del Atlántico XXI, S.L., Vainica Doble, S.L., Deus Deluxe, S.L. y Confección Ideal, S.L., con intervención del Fondo de Garantía Salarial, y en consecuencia:

– Se declara extinguida, con fecha de la presente resolución, la relación laboral que unía a la trabajadora demandante con Confecciones Deus, S.L.

– Se absuelve a las sociedades Área Inversora y Financiera del Atlántico XXI, S.L. y Strass Textil, S.L. de las pretensiones frente a ellas dirigidas.

– Se condena a la empresa Confecciones Deus, S.L., a abonar a la actora las siguientes cantidades:

• Diecisiete mil quinientos sesenta y siete euros con cincuenta y siete céntimos de euro (17.567,57 euros) en concepto de indemnización.

• Tres mil quinientos cincuenta y cuatro euros con setenta y siete céntimos de euro (3.554,77 euros) en concepto de salarios pendientes de pago.

Para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a las empresas Vainica Doble, S.L., Área Inversora y Financiera del Atlántico XXI, S.L., Deus Deluxe S.L., Strass Textil, S.L., Bendita Costura, S.L. y Pedracapela, S.L. expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 24 de marzo de 2017

La secretaria judicial