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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Viernes, 7 de abril de 2017 Pág. 16851

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 22 de febrero de 2017 por la que se autoriza la transmisión mortis causa mediante pacto de mejora del parque de cultivos marinos titularidad de Marina Mayán Rubio, sito en el lugar de Coiteliños, entre punta Sebeira y playa de Sertaxes, ayuntamiento de Rianxo, A Coruña.

A) Antecedentes.

1. Por Orden del Ministerio de Comercio nº 7/75 de 23 de enero de 1975 (BOE nº 42, de 18 de febrero) se autoriza a José R. Mayán Rey la transformación de un depósito regulador del que es titular por OM de 30 de noviembre de 1956 (BOE 5/57), en un parque de cultivo de almejas en la zona marítimo-terrestre de la ría de Arousa, lugar de Coiteliños, entre punta Sebeira y playa de Sertaxes, de 800 m2.

2. Por Orden de 13 de junio de 2012 la Consellería del Medio Rural y del Mar autoriza la transmisión mortis causa del parque a favor de Marina Mayán Rubio (DNI 33258978N) y prorroga su vigencia hasta el día 29.7.2018.

3. El día 14.2.2017 Lara Ozores Mayán (53489107P) presenta la solicitud de autorización para la transmisión mortis causa mediante pacto de mejora del parque.

B) Consideraciones legales y técnicas.

1. Este órgano es competente para resolver el expediente conforme a la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre, con la Resolución de 12 de abril de 2012, de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de Coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar y con la disposición adicional novena del Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, que dispone que las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos superiores y de dirección afectados por este decreto continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas. Asimismo, el Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Mar, dispone la creación de las jefaturas territoriales.

2. La Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia, en sus artículos 209 y siguientes, regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa, y con forma de pactos de apartación o de mejora.

3. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común en las administraciones públicas.

Vistas las disposiciones citadas, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa mediante pacto de mejora, a favor de Lara Ozores Mayán (53489107P), como descendiente de Marina Mayán Rubio (DNI 33258978N), del parque de cultivos marinos:

Tipo: parque de cultivo.

Especies: almeja fina, almeja babosa, almeja japonesa y berberecho.

Localización: lugar de Coiteliños, entre punta Sebeira y playa de Sertaxes, ayuntamiento de Rianxo, A Coruña.

Título habilitante: concesión.

Fecha de otorgamiento: Orden ministerial de 30.11.1956 (BOE nº 5, de 2 de enero de 1957) y Orden ministerial 7/1975, de 23 de enero (BOE nº 423, de 18 de febrero).

Superficie de dominio público: 800 m2.

Fin de la vigencia: 29.7.2018.

Actual titular: Marina Mayán Rubio (DNI 33258978N).

Nueva titular: Lara Ozores Mayán (53489107P).

La nueva titular de la concesión administrativa queda subrogada en los derechos y obligaciones de la anterior y deberá presentar en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia del documento notarial de la transmisión, y la solicitud de la carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, el recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses a contar en ambos casos desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 22 de febrero de 2017

La conselleira del Mar
P.D. (Resolución de 12.4.2012)
Juan Carlos Barreiro González
Jefe territorial de A Coruña