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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Viernes, 7 de abril de 2017 Pág. 16578

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 20 de marzo de 2017 por la que se clasifica de interés cultural la Fundación Carlos Velo.

Examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación Carlos Velo con domicilio en el camino de A Igrexa, en Cartelle (Ourense).

Hechos:

1. El 1 de diciembre de 2016, María del Carmen Leyte Coello, presidenta del patronato de la Fundación, formuló solicitud de clasificación a los efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Carlos Velo fue constituida en escritura pública otorgada en Celanova (Ourense) el 17 de octubre de 2016, ante el notario Ángel Manuel Rodríguez Dapena, con número de protocolo 2.451, por el Ayuntamiento de Cartelle que actúa representado por su alcaldesa-presidenta, María del Carmen Leyte Coello.

Esta escritura fue corregida por otras dos otorgadas también en Celanova el 29 de diciembre de 2016 y el 9 de febrero de 2017, ante el mismo notario, con número de protocolo 3.069 y 399, respectivamente.

3. La Fundación, según consta en el artículo 6 de sus estatutos, se centrará en la investigación y en la difusión de la obra del cineasta y en el estudio, difusión, formación y promoción de las artes de la imagen, en su más amplio espectro, así como en la organización de actividades culturales y científicas de carácter general y relacionadas con los fines señalados.

4. El patronato inicial de la Fundación está formado por la alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Cartelle, María del Carmen Leyte Coello, como presidenta; Miguel Ángel Fernández Fernández, como vicepresidente; María Dolores Villar Álvarez, como secretaria, y Laura Gardós Velo, Armando González López, José María Paz Gago, Antonio Piñeiro Feijóo, Xosé Manoel Rodríguez González, José Enrique Acuña Rodríguez y el concejal del Ayuntamiento de Cartelle con competencias en materia de cultura, Daniel Fernández Carril, como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva el vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia propuesta de clasificación como de interés cultural de la Fundación Carlos Velo, en base a las materias que constituyen su objeto fundacional.

6. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del patronato.

7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y según propuesta de la Comisión de secretarios generales, procede su clasificación como de interés cultural y su adscripción a la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

Consideraciones legales:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. La escritura de constitución de la Fundación contiene los datos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

3. Según establece el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del registro de fundaciones de interés gallego, corresponde a esta Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, la clasificación de la Fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.

De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de secretarios generales en su reunión del día 13 de marzo de 2017.

DISPONGO:

Clasificar de interés cultural la Fundación Carlos Velo y adscribirla al protectorado de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, pudiendo interponer previamente y con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 20 de marzo de 2017

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia