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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 63 Jueves, 30 de marzo de 2017 Pág. 15290

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Lugo

EDICTO (509/2016).

Yo, María del Carmen García Rebolo, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hago saber que en el procedimiento con número DSP 509/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Teresa Freijo Fernández contra Lucía Testa Villaverde y el Fogasa, sobre despido, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

«Estimo parcialmente la demanda presentada por María Teresa Freijo Fernández, representada por la letrada Sra. Souto Neira, contra Lucía Testa Villaverde, que no compareció pese a constar su citación en legal forma, y, en consecuencia:

– Declaro improcedente el despido con efectos desde el 20 de mayo de 2016.

– Condeno a la empresa demandada a que, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente resolución opte, comunicándoselo a este juzgado por escrito o en comparecencia, bien por la readmisión de la actora en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido y el abono de salarios de tramitación desde el 20 de mayo de 2016 hasta la fecha de notificación de la presente resolución, a razón de 34,59 euros diarios, bien por el abono de indemnización por importe de 760,98 euros. Adviértase a la empresa que la falta de ejercicio de la facultad de opción dará lugar a que se estime procedente la readmisión con abono de salarios de tramitación.

– Condeno a la empresa a abonar a la actora la cantidad de 1.048,92 euros, que devengará interés moratorio del 10 %.

Las cantidades anteriores serán asumidas por el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que no compareció pese a constar su citación en legal forma, dentro de los límites y con los requisitos legales y reglamentarios que correspondan.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer, ante este juzgado, recurso de suplicación a resolver por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

El recurso de suplicación deberá anunciarse ante este juzgado, por escrito o comparecencia, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia.

Al anunciar el recurso deberá acompañarse el documento que acredite el ingreso de 300 euros como depósito para recurrir en el Banco Santander, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado correspondiente al presente procedimiento número 2322-0000-65-0509-16, bajo apercibimiento de no dar trámite al recurso, salvo que el recurrente sea trabajador, causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de los mismos, sindicato o beneficiario del derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Además, cuando la sentencia haya condenado al pago de cantidad, el recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita deberá acreditar, en el momento de anunciar el recurso, haber consignado en el Banco Santander, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado correspondiente al presente procedimiento 2322-0000-60-0509-16, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito.

En caso de que alguno de los anteriores ingresos se verifique mediante transferencia bancaria, ésta deberá dirigirse a la cuenta ES 55 0049 3569 92 0005001274, haciendo constar como beneficiario Juzgado Social número 1 de Lugo y como “concepto” el número de cuenta correspondiente al presente procedimiento que proceda de los dos mencionados en los dos párrafos que anteceden».

Para que sirva de notificación en forma a Lucía Testa Villaverde, en ignorado paradero, expido y firmo el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Lugo, 10 de marzo de 2017

La letrada de la Administración de justicia