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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 61 Martes, 28 de marzo de 2017 Pág. 14827

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (863/2016).

Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 863/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María de las Mercedes Muñiz García contra Adrian Badiu Antache y el Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo que, estimando la demanda formulada por María de las Mercedes Muñiz García contra Adrian Badiu Antache, declaro la improcedencia de su despido y extinguida la relación laboral con efectos de la fecha de esta sentencia y condeno a la empresa demandada a que le abone la cantidad de 1.051,88 euros, en concepto de indemnización calculada a razón de 38,25 euros/día, así como los salarios de tramitación desde la fecha del despido, 18 de octubre de 2016, hasta la fecha de esta sentencia, por importe de 5.355 euros; todo ello sin perjuicio de las responsabilidades legales del Fogasa.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG), el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Así lo acuerda, manda y firma, Ana María Souto González, magistrada jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Adrian Badiu Antache, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 9 de marzo de 2017

La letrada de la Administración de justicia