Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 50 Lunes, 13 de marzo de 2017 Pág. 12353

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

CORRECCIÓN DE ERRORES. Orden de 26 de enero de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento del emprendimiento en economía social (programa Aprol-economía social), cofinanciadas parcialmente con cargo al programa operativo del Fondo Social Europeo, y se convocan para el año 2017.

Advertidos errores en dicha orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 33, de 16 de febrero de 2017, es necesario efectuar las oportunas correcciones:

En la página 7.693, en el apartado m) del artículo 5, donde dice:

«Ayuntamiento rural: ayuntamiento que no cuenta con ninguna zona densamente poblada (ZDP). Son consideradas como zonas densamente pobladas, en función de su grado de urbanización, los conjuntos limítrofes de áreas locales, definidas a nivel de parroquia, con una densidad de población igual o superior a 500 habitantes por km² y una población mínima de 50.000 habitantes, según la clasificación publicada por el Instituto Gallego de Estadística. Para estos efectos, se consideran ayuntamientos rurales todos los ayuntamientos gallegos excepto los siguientes: Cambre, A Coruña, Culleredo, Ferrol, Narón, Oleiros, Santiago de Compostela, Lugo, Barbadás, Ourense, Poio, Pontevedra y Vigo».

Debe decir:

«Ayuntamiento rural: aquel que no cuenta con ninguna zona densamente poblada a nivel de parroquia (ZDP), según la clasificación publicada por el Instituto Gallego de Estadística (https://www.ige.eu/web/mostrar_paxina.jsp?paxina=003003001&idioma=gl). A estos efectos, se consideraran ayuntamientos rurales todos os ayuntamientos gallegos excepto los siguientes: Cambre, A Coruña, Culleredo, Ferrol, Narón, Oleiros, Santiago de Compostela, Lugo, Barbadás, Ourense, Poio, Pontevedra y Vigo».