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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Jueves, 2 de marzo de 2017 Pág. 10847

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO de notificación de sentencia (PO 619/2013).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber:

Que en el procedimiento ordinario 619/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de David Mosquera Pereiro contra Cee Faega I, S.L. sobre ordinario, se ha dictado sentencia con fecha 30 de diciembre de 2016 con el número 11/2017 cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«Vistos por Mª Fe López Juiz, jueza magistrada sustituta del Juzgado de lo Social número 1 de los de Santiago de Compostela, los presentes autos registrados con el número indicado, promovidos a instancia de David Mosquera Pereiro, asistido por la letrada Sra. Mos Grille, contra la mercantil Cee Faega I, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que no han comparecido pese a constar debidamente citados, se dicta la presente sentencia en base a los siguientes […].

Que estimo íntegramente la demanda interpuesta David Mosquera Pereiro, asistido por la letrada Sra. Mos Grille, contra la mercantil Cee Faega I, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que no han comparecido pese a constar debidamente citados, en consecuencia, condeno a la entidad demandada a que abonen a la actora la cantidad de 1.116,46 euros, más el 10 % de dicha cantidad por demora en el pago de la misma.

Debo de absolver y absuelvo a Fondo de Garantía Salarial de los pedimentos de la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación ante el TSJ de Galicia.

Así lo acuerdo, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Cee Faega I, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su fijación en el tablón de anuncios de este órgano judicial.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 9 de febrero de 2017

La letrada de la Administración de justicia