El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra, en sesión que tuvo lugar el día 8 de febrero de 2016, acordó iniciar los trámites para la clasificación como vecinal en mano común del siguiente monte:
Ayuntamiento: Tomiño.
Parroquia: Taborda.
Nombre del monte: Feira da Vide.
Superficie de la parcela: 17.283,00 m2.
Lindes:
Norte: Remedios Castro González, Candelaria Solleiro Benavides, Venancio Torres Vázquez, José Costas Salgueiro, María Olga Castro González, Manuel Expósito; Urbano Vicente Ferreira, Santiago González Castro, José Álvarez Gaxo, Bienvenido Correa González, Flora Martínez Durán, Eva González González, José Eugenio Parente Tejido, María Rodríguez Reyes, Davina Castro Calzado, María Vázquez Magán, María Olga Calzado Castro, María del Carmen Domínguez Tejido, Celso Fernández Durán, Pilar Pereira, José Valverde Rial, Concepción Pérez Portas, Manuel Expósito Amorín, Candelaria Gónzalez Alonso, José Raimundo González Fernández y Daniel Pérez Pérez.
Sur: camino público TAB- 062, camino público TAB- 035, José Álvarez Puentes, Josefina Amorín Salgado, Cristóbal Calzado Tejido, MA Pilar Castro Calzado, Camila Rosalía Castro Castro, Ricardo Castro Fernández, Gumersindo Domínguez Sales, Eugenio Domínguez Senra, Mª Carmen Domínguez Tejido, Gumersindo Fernández Parente, José González Salgueiro, Flor Martínez Durán, José Eugenio Parente Tejido, Emiliano Pazos Martínez, Manuel Pérez Bouzada, María Rodríguez Rodríguez, Nemesio Salgueiro Álvarez.
Este: carretera, Mª Olga Calzado Castro, Mª del Carmen Domínguez Tejido, Manuel Exposito Amorín, Celso Fernández Durán, Candelaria González Alonso, José Raimundo González Fernández, Pilar Pereira, Concepción Pérez Portas.
Oeste: camino público TAB-035, Mª Sol Castro Martínez, José Castro Vicente, Gumersindo Fernández Parente, José Raimundo González Fernández, Mª Carmen González Pereira, Modesto López Tejido, Flora Martínez Durán, Víctor Rolán López.
Lo que se pone en conocimiento de todos los interesados, a efectos de abrir un período de un mes de duración para que se pueda examinar el expediente y alegar durante este tiempo lo que se estimen procedente en relación con los montes de referencia, así como aportar cuantas alegaciones, documentos o información estimen conveniente y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de la que pretendan valerse, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, y en el artículo 23 del Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de dicha ley.
Pontevedra, 10 de febrero de 2017
Víctor Abelleira Argibay
Instructor
PA.
Ana Belén Fernández Dopazo
Secretaria del Jurado Provincial de Clasificación de Montes
Vecinales en Mano Común de Pontevedra