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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 39 Viernes, 24 de febrero de 2017 Pág. 9449

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 2 de febrero de 2017 por la que se autoriza la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, de la concesión administrativa y de la batea Arroás II.

Visto el expediente instruido a efectos de la transmisión de la batea Arroás II y de la concesión administrativa que la ampara, resulta:

a) Antecedentes:

Primero. Mediante escrito de fecha 2 de enero de 2017, Sergio Antepazo Miranda (73240747-F) en nombre y representación de Mª Jesús Miranda Álvarez (35296062-D) solicitó autorización para transmisión de la concesión de la batea Arroás II.

Segundo. Los informes del Servicio de Protección de los Recursos sobre las características de las bateas y del Servicio Técnico-Jurídico sobre la tramitación del expediente, son favorables.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre; con la Resolución de 12 de abril de 2012, de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar, y con la disposición adicional novena del Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerias de la Xunta de Galicia, que dispone que las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos superiores y de dirección afectados por este decreto continuarán vigentes hasta que sean expresamente derogadas o nuevamente otorgadas. Asimismo, el Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Mar, dispone la creación de las jefaturas territoriales.

Segunda. La Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia, en sus artículos 209 y siguientes, regula los apartados sucesorios como negocios mortis causa y con forma de pactos de apartación o de mejora.

Tercera. El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por la que se aprueba la regulación de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa mediante pacto de mejora a favor de Sergio Antepazo Miranda (73240747-F), de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Arroás II.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 38.

Polígono: D.

Distrito: Cangas (Pontevedra).

Especies autorizadas:

Mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 2.4.1958 (BOE núm. 96).

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Antiguo titular: Mª Jesús Miranda Álvarez (fallecida).

Nuevo titular: Sergio Antepazo Miranda (73240747-F).

El nuevo titular se subroga en los derechos y obligaciones de la anterior.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre) y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 2 de febrero de 2017

La conselleira del Mar
P.D. (Resolución de 12.4.2012)
Sonia Lorenzo Santos
Jefa territorial de Vigo