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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Martes, 21 de febrero de 2017 Pág. 8505

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 3900/2016).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 3900/2016 PM

Juzgado de origen/autos: despido/ceses en general 328/2016. Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

Recurrente: Celia Zas Iglesias

Abogado: Alejandro Navarro García

Recurridos: Fogasa, Paynaf Textil y Moda, S.L.

M. Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sección Primera de esta sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hace saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 3900/2016 de esta sección, seguido a instancia de Celia Zas Iglesias contra la empresa Fogasa, Paynaf Textil y Moda, S.L., sobre despido disciplinario, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que con desestimación del recurso interpuesto por Celia Zas Iglesias, confirmamos la sentencia que el 16 de junio de 2016 ha sido dictada en autos tramitados por el Juzgado de lo Social número 4 de los de A Coruña, y por la que se estimó en parte la demanda formulada.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 35, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo «observaciones o concepto de la transferencia» los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal e incorpórese el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Paynaf Textil y Moda, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 19 de enero de 2017

La letrada de la Administración de justicia