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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 35 Lunes, 20 de febrero de 2017 Pág. 8212

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

EXTRACTO de la Resolución de 7 de febrero de 2017, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora en la Comunidad Autónoma gallega de las personas gallegas retornadas, y se procede a su convocatoria para el año 2017.

BDNS (Identif.): 332402.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las siguientes personas que, residiendo fuera de España, se establezcan en la Comunidad Autónoma gallega:

1. Las personas gallegas y nacidas en Galicia.

2. Los cónyuges o personas con unión análoga a la conyugal y los/las hijos/as de las personas gallegas y nacidas en Galicia.

A efectos de lo establecido en este apartado, tendrá la condición de pareja de hecho la que figure inscrita como tal en el correspondiente Registro de Parejas de Hecho de Galicia regulado por el Decreto 248/2007, de 20 de diciembre.

Segundo. Objeto

La concesión de subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora en la Comunidad Autónoma gallega de las personas gallegas retornadas, subvencionando los gastos que conlleva su establecimiento como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia, o como socias trabajadoras de sociedades laborales o cooperativas de trabajo asociado.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 7 de febrero de 2017, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora en la Comunidad Autónoma gallega de las personas gallegas retornadas, y se procede a su convocatoria para el año 2017.

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas subvenciones se destinará un crédito total de 150.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 04.30.312C.470.0.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 29 de septiembre de 2017.

Santiago de Compostela, 7 de febrero de 2017

Antonio Rodríguez Miranda
Secretario general de la Emigración