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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 34 Viernes, 17 de febrero de 2017 Pág. 8080

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (8/2016).

María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hace saber que en el procedimiento ordinario nº 8/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Francisco García Fraga contra Kreta Expansión, S.L. y Fondo de Garantía Salarial sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Francisco García Fraga, contra la entidad Kreta Expansión, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la entidad Kreta Expansión, S.L. a que abone al demandante la cantidad de 2.925,21 € brutos por salarios devengados en marzo de 2015, y parte proporcional de paga extra de julio de 2015, y la compensación económica por vacaciones, en el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales, y la cantidad de 427,92 € por indemnización por fin de contrato.

Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncia, manda y firma la magistrada jueza de este Juzgado de lo Social numero 5, Pilar Carreira Vidal.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa Kreta Expansión, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 27 de enero de 2017

La letrada de la Administración de justicia