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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 31 Martes, 14 de febrero de 2017 Pág. 6905

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 3911/2016 CRS).

Tipo y número de recurso: RSU recurso de suplicación 3911/2016 CRS

Juzgado de origen/autos: despido/ceses en general 906/2015 Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña

Recurrente: David Fernández Gromaz

Abogado: Antonio Francisco Sanz Fernández

Recurrida: Cejecasa, S.L.

Yo, M. Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación 3911/2016 de esta sección, seguido a instancia de David Fernández Gromaz contra Cejecasa, S.L., sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallamos que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por el actor David Fernández Gromaz contra la Sentencia de 3 de mayo de 2016, dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de esta capital, en los presentes autos sobre despido, tramitados a instancia del referido recurrente, frente a la empresa demandada Cejecasa, S.L. y al Fogasa, debemos confirmar y confirmamos íntegramente dicha sentencia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviese la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 35, seguida de 4 dígitos correspondientes al número del recurso y 2 dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de 20 dígitos
0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80
o 35 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Cejecasa, S.L., con último domicilio en la calle Restinga, Olivares, 6, 1º, 18248 Granada, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 20 de enero de 2017

La letrada de la Administración de justicia