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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 31 Martes, 14 de febrero de 2017 Pág. 6941

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2017, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el municipio de A Pobra do Caramiñal (expediente IN407A 2016/3017-1).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Congalsa, S.L.

Domicilio social: calle Deán Pequeño, 117, 15960 Ribeira.

Título: proyecto LMTS y CS para alimentar a CT existente de 400 kVA en polígono A Tomada.

Situación: nave 60, polígono A Tomada, A Pobra do Caramiñal, A Coruña.

Descripciones técnicas:

Línea de media tensión subterránea, con inicio y fin en la línea de distribución PMR805 (entre los centros 15PXZ0 y 15CBVS), después de entrar y salir en el CS proyectado. Conductor RHZ1 2OL 12/20 kV 3x(1x240 mm2) Al, longitud 18 + 18 m.

Centro de seccionamiento en edificio prefabricado subterráneo. Celdas prefabricadas de entrada, salida y derivación (24 kV, 400 A, 16 kA).

En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310) del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energia y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la referida instalación, cuya característica se ajustará en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Esta instalación está previsto que se ejecute en un plazo de un año, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.

Esta autorización se otorga sen perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 112,115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 20 de enero de 2017

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña