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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 24 Viernes, 3 de febrero de 2017 Pág. 5297

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 13 de enero de 2017 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/12/2016-RP1, devuelta por el órgano notificador por resultar su destinatario ausente en el reparto.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 30 de diciembre de 2016, resolución en la que se declaran ilegalizables las obras ejecutadas en suelo rústico, sin autorización urbanística autonómica, consistentes en la realización de una edificación con tipología de nave industrial, paralizada sin acabar y, por lo tanto, en curso de ejecución, compuesta por cuatro pórticos metálicos, que conforman una planta rectangular de unos 260 m2, y con la cubierta, aun sin colocar el día de la inspección, prevista a dos aguas, situadas en el lugar de A Vide, en el término municipal de Monforte de Lemos, provincia de Lugo, por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico y se ordena su demolición.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a José Ángel Rodríguez Freire, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado y la fecha de publicación en éste es la que determina la eficacia del acto notificado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste, y le sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 13 de enero de 2017

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística