Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 20 Lunes, 30 de enero de 2017 Pág. 4314

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

ANUNCIO de 4 de enero de 2017, del Servicio de Movilidad de A Coruña, por el que se notifican los acuerdos de incoación de expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres devueltos por el servicio de Correos porque, intentada la notificación, no se ha podido efectuar (expediente XC-02655-O-2016 y seis más).

La persona titular del Servicio de Movilidad de A Coruña acordó la incoación de los expedientes sancionadores número XC-02655-O-2016 y seis más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.

Se informa de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de A Coruña.

Se les otorga un plazo de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.

En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.

A Coruña, 4 de enero de 2017

César Concheiro Ceide
Instructor jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciado

DNI/CIF

Infracción denunciada

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción propuesta

XC-02655-O-2016

2048-FGM

Monitrans 2010, S.L.

B70256326

Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante.

18.7.2016; 13.30; AP9F; 7,5

Art. 141.25 en relación con el art.140.1 LOTT

Art. 143.1.k) LOTT Art. 143.1.f) LOTT

801 euros

XC-02816-O-2016

8279-GHX

Aguas y Bebidas Refrescantes O Burgo

B15672371

La realización de transportes de productos alimenticios o mercancías perecederas utilizando un vehículo que carezca del certificado de conformidad para el transporte de mercancías perecederas o tenerlo caducado o falseado.

28.9.2016; 11.55; AC-566; 2,1

Art. 141.21 LOTT

Art. 143.1.d) LOTT

401 euros

XC-03009-O-2016

0726-FXL

López Rivas, Juan Manuel

76576543K

Exceso en los tiempos máximos de conducción diaria (sobre 10 horas). Más de 10 horas hasta 11 horas.

26.8.2016; 10.06; N634; 666,0

Art. 142.17 LOTT

Art. 143.1.a) LOTT

100 euros

XC-03010-O-2016

0726-FXL

López Rivas, Juan Manuel

76576543K

Minoración del descanso diario normal (sobre 11 horas). Igual o superior a 10 horas e inferior a 11 horas.

26.8.2016; 10.18; N634; 666,0

Art. 142.17 LOTT

Art. 143.1.a) LOTT

100 euros

XC-03063-O-2016

3703-GKM

Hermanos Pallas, S.L.

B15060320

Realizar transporte regular de escolares careciendo de autorización sempre que se acredite que en el momento de realizarlos o contratarlos, se cumplían todos los requisitos exigidos para su obtención y que ésta se solicitó dentro de los 15 días siguientes a la notificación del inicio del expediente sancionador.

17.10.2016; 18.20; AC413; 11,0

Art. 142.1 LOTT

Art. 143.1.c) LOTT

301 euros

XC-03102-O-2016

PO-2199-AT

José Paz Rocamonte

35382204Q

No llevar insertada en el tacógrafo la tarjeta de conductor o la hoja de registro de los tiempos de conducción y descanso, cuando ello resulte exigible o hacerlo de forma incorrecta. O no haber efectuado los documentos impresos al inicio y a la finalización del viaje en los supuestos de deterioro o mal funcionamiento de la tarjeta de conductor o en caso de que ésta no obre en su poder.

25.7.2016; 8.40; AC-841; 1,5

Art. 140.22 LOTT

Art. 143.1.h) LOTT

2.001 euros

XC-03103-O-2016

PO-2199-AT

José Paz Rocamonte

35382204Q

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

25.7.2016; 8.40; AC-841; 1,5

Art. 140.35 LOTT

Art. 143.1.g) LOTT

1.001 euros