Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 26/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Manuel Mantiñán Suárez contra Santín y Otero, S.C., Forjas de Santiago, Rosa María Santín Gómez, Susana Seoane Otero y Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución cuyo fallo expresa:
«Que estimo íntegramente la demanda interpuesta por Manuel Mantiñán Suárez, asistido por la letrada Sra. Seoane Otero, contra las entidades demandadas Santín y Otero, S.C., Forjas de Santiago, S.L. y los socios Rosa Mª Santín Gómez, Susana Seoane Otero, Fondo de Garantia Salarial (Fogasa) y, en consecuencia, condeno a las entidades demandadas a que abonen solidariamente a la parte actora la cantidad de 4.155,74 euros más el 10 % de dicha cantidad por demora en el pago de la misma. La responsabilidad de los socios de la Sociedad civil para el caso de que la empresa Santín y Otero, S.C. fuera insolvente es subsidiaria con respecto a la sociedad civil y mancomunada entre ellas.
Debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial de los pedimentos de la parte actora.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Así lo acuerdo, mando y firmo.
Doy fe».
Para que sirva de notificación en legal forma a Forjas de Santiago, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 5 de enero de 2017
La letrada de la Administración de justicia