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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 16 Martes, 24 de enero de 2017 Pág. 3678

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 2900/2016 MRA).

Tipo y número de recurso: recurso suplicación 2900/2016 MRA

Juzgado de origen/autos: seguridad social 774/2015. Juzgado de lo Social número 4 de Ourense

Recurrente/s: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social

Abogado/a: servicio jurídico Seguridad Social

Recurridos: Pizarras Las Cuartas, S.A., Pizarras Gallegas, S.A., Couso Cotado, S.A., Pizarras Dimaca, S.A., Pizarras Intradima, S.L., Mutua Universal Mugenat, Mutua MC Mutual, Mutua de Accidentes de Trabajo Fraternidad-Muprespa, Pizarras Manada Vieja, S.A., Valdemar Berciano Puente

Abogado/a: Pablo Espinosa Medina, Wilson Domingo Jones Romero, Marta Carabanchel Sánchez, María del Pilar Pérez García

M. Socorro Bazarra Varela, letrada de la Administración de justicia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hace saber que en el procedimiento recurso de suplicación 2900/2016 de esta sección, seguido a instancia del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social contra Pizarras Las Cuartas, S.A., Pizarras Gallegas, S.A., Couso Cotado, S.A., Pizarras Dimaca, S.A., Pizarras Intradima, S.L., Mutua Universal Mugenat, Mutua MC Mutual, Mutua de Accidentes de Trabajo Fraternidad-Muprespa, Pizarras Manada Vieja, S.A., Valdemar Berciano Puente, sobre accidente de grado, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallamos que desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por el INSS y la TGSS frente a la sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Ourense, dictada en los autos número 774/2015, en el procedimiento seguido a instancia de la Fraternidad Muprespa y siendo partes demandadas, además de las recurrentes, Valdemar Berciano Puente, Mutual Midat Cyclops, Mutua Universal Mugenat, Pizarras Gallegas, S.A., Pizarras Dimaca, S.A., Pizarras Manada Vieja, S.A., Pizarras Las Cuartas, S.A., Pizarras Intradima, S.L. y Couso Cotado, S.A. Todo ello confirmando la sentencia de instancia y sin condena en costas.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de esta Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Pizarras Las Cuartas, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 30 de diciembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia