Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento procedimiento ordinario 1196/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra Pavimentos Compostela, S.L. y Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución cuyo fallo expresa:
«Que estimo íntegramente la demanda interpuesta por Fundación Laboral de la Construcción contra la mercantil Albañilería Construcción do Noroeste y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) y, en consecuencia, condeno a la mercantil demandada a que abone a Fundación Laboral de la Construcción la cantidad de 212,64 euros, incluido recargo del 20 % por mora. Sin imposición de costas.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Así lo acuerdo, mando y firmo».
Para que sirva de notificación en legal forma a Pavimentos Compostela, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 30 de diciembre de 2016
La letrada de la Administración de justicia