Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 11 Martes, 17 de enero de 2017 Pág. 2462

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (461/2014).

Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hace saber que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Emilio Gómez Forján contra Santiago Dos, S.L., Coruña Dos, S.L., Ayuntamiento de Santiago de Compostela y José Allegue Seoane en calidad de administrador concursal, en reclamación por ordinario, registrado con el número de procedimiento ordinario 461/2014 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a Santiago Dos, S.L. y Coruña Dos, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 21.2.2017 a las 11.30 horas, en planta baja, sala 1, Edif. Rúa Berlín, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a Santiago Dos, S.L. y Coruña Dos, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios de esta oficina judicial.

Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia