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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 9 Viernes, 13 de enero de 2017 Pág. 1899

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

EXTRACTO de la Resolución de 2 de enero de 2017, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases que regirán la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos de atención social integral dirigidos a personas en situación de explotación sexual, preferentemente inmigrantes, y/o víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y/o laboral, en la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para el año 2017.

BDNS (Identif.): 328502.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarias

Podrán ser destinatarias de las subvenciones para el desarrollo de las actuaciones reguladas en esta convocatoria las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que cumplan las obligaciones y requisitos exigidos en esta resolución y la normativa general de subvenciones, y de manera particular deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar inscritas en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales, regulado por el Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación y la inspección de los servicios sociales en Galicia.

b) Carecer de ánimo de lucro.

c) Tener su domicilio social en Galicia o delegación en la Comunidad Autónoma.

d) No encontrarse en ninguna de las situaciones establecidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La acreditación de no estar incursas en dichas circunstancias se realizará mediante declaración responsable de la persona representante de la entidad.

e) Cumplir los requisitos y condiciones establecidos en esta resolución y en la normativa general de subvenciones.

Segundo. Objeto

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y convocar para el año 2017 las subvenciones a las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos de atención social integral dirigidos a personas en situación de explotación sexual, preferentemente inmigrantes, y/o víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y/o laboral, en la Comunidad Autónoma de Galicia, con la finalidad de apoyar la recuperación y la integración social y laboral de estas personas.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 2 de enero de 2017, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases que regirán la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos de atención social integral dirigidos a personas en situación de explotación sexual, preferentemente inmigrantes, y/o víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y/o laboral, en la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para el año 2017.

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas ayudas se destina un presupuesto total de cuatrocientos ochenta y cuatro mil doscientos setenta y nueve euros (484.279 €), que se imputarán a la aplicación presupuestaria 05.11.313D.481.1 (código de proyecto 2016 00019).

La cuantía máxima subvencionable será de 70.000 euros, sin que en ningún caso se pueda superar la cuantía solicitada, y según los porcentajes de intensidad establecidos en la convocatoria en función de la puntuación obtenida en la valoración realizada una vez aplicados los criterios establecidos.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 2 de enero de 2017

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad