A los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico (BOE núm. 285, de 28 de noviembre) y en el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre) por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la petición de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y la declaración de utilidad pública, en concreto, de la siguiente instalación eléctrica:
Denominación: línea eléctrica subterránea de 20 kV de evacuación parque eólico Canedo.
Solicitante: Galfor Eólica, S.L.
Domicilio social: parque empresarial Alvedro. R/ E 8, 15180 Culleredo, A Coruña.
Finalidad: evacuación de energía del parque eólico Canedo.
Características técnicas principales:
1. LMT subterránea a 20 kV con origen en una celda de media tensión situada en el aerogenerador C1 del parque eólico Canedo y final en una celda de media tensión situada en la subestación del parque eólico Airas, con una longitud de 1.184 metros en conductor tipo DHZ1 16/20 kV 3(1×400 mm²).
La declaración de utilidad pública, según lo señalado en el artículo 54 de la citada Ley 54/1997, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se consideran de necesaria ocupación figuran en el anexo que se inserta junto a esta resolución.
Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones por duplicado en esta jefatura territorial (Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia en Lugo, ronda de la Muralla 70) referidas a las posibles limitaciones a la constitución de la servidumbre de paso de líneas eléctricas (artículo 161 del Real decreto 1955/2000) y aquellas otras que estimen oportunas en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la última publicación o al de la notificación individual.
Durante este plazo se podrá examinar el proyecto de las instalaciones en esta jefatura territorial de lunes a viernes entre las nueve de la mañana y las dos de la tarde.
Hasta el mismo momento del levantamiento de las actas previas, los interesados podrán hacer alegaciones por escrito a los únicos efectos de corregir posibles errores que se encuentren al relacionar los bienes y derechos afectados, según dispone el artículo 56.2 del Reglamento de la ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio de 1957).
Esta publicación se realiza igualmente a los efectos de los artículos 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos, no se sepa el lugar de notificación, o bien, intentada la notificación, no se hubiera podido realizar y, así, dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan, de conformidad con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
Lugo, 22 de noviembre de 2016
Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo
ANEXO
Relación de bienes y derechos afectados
Finca nº |
Propietario |
Parcela |
Afecciones (m2) |
||||
Nombre y apelidos |
Enderezo |
Datos catastrales |
Paraje |
Cultivo |
Servidumbre de paso |
||
Pol. |
Parcela |
Zanja |
|||||
Ayuntamiento de Mondoñedo |
|||||||
1 |
MVMC Figueiras Pte.: Leonardo Eiroá Rivas |
San Martiño de Figueiras nº 8 27749 Mondoñedo (Lugo) |
15 |
298 |
Pena do Boi |
Matorral + improductivo |
2.969 |
2 |
Concello de Mondoñedo |
Pza. do Concello, 1 27740 Mondoñedo (Lugo) |
5 |
9007 |
Coto Viñín |
Improductivo |
47 |
3 |
MVMC Figueiras Pte.: Leonardo Eiroá Rivas |
San Martiño de Figueiras nº 8 27749 Mondoñedo (Lugo) |
5 |
879 |
Coto Viñín |
Pinar maderable + matorral + improductivo |
2.538 |