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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 244 Viernes, 23 de diciembre de 2016 Pág. 55775

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 28 de noviembre de 2016 por la que se autoriza la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, de la concesión administrativa y de la batea L.C. III.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea L.C. III y de la concesión administrativa que lo ampara, resulta:

a) Antecedentes.

Primero. Mediante escrito de fecha 24 de noviembre de 2016, Mª Carmen Otero Vicente y Ramón García Martínez, solicitan autorización para transmisión mortis causa mediante pacto de mejora de la concesión administrativa y de la batea L.C. III.

Segundo. Los solicitantes presentaron la documentación requerida para la tramitación de este tipo de procedimientos.

b) Consideraciones legales y técnicas.

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre, con la Resolución de 12 de abril de 2012, de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de Coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar y con la disposición adicional sexta del Decreto 129/2015, de 8 de octubre, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, que disponen que las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos superiores y de dirección afectados por este decreto, continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas. Asimismo, el Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Mar, dispone la creación de las jefaturas territoriales.

Segundo. La Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia, en sus artículos 209 y siguientes, regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa, y con forma de pactos de apartación o de mejora.

Tercero. El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa, a favor de Sergio García Otero (53483540F), de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: L.C. III.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 39, polígono: C, distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 25.6.1957.

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Actuales titulares: Mª Carmen Otero Vicente y Ramón García Martínez (52453813J, 33252905B) 100 % gananciales.

Nuevo titular: Sergio García Otero (53483540F), 100 % privativo.

El nuevo titular de la concesión administrativa se subroga en los derechos y obligaciones de los anteriores.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 28 de noviembre de 2016

La conselleira del Mar
P.D. (Resolución de 12.4.2012)
Juan Carlos Barreiro González
Jefe territorial de A Coruña