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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Jueves, 22 de diciembre de 2016 Pág. 55532

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (692/2013).

Procedimiento ordinario 692/2013

Demandante: Maria Rosario Neira Romay

Abogada: María José Liste López

Demandados: Servanza, S.L., Fogasa

Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 692/2013 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de María Rosario Neira Romay contra la empresa Servanza, S.L., Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Que debo estimar la demanda presentada a instancia de María Rosario Neira Romay, contra la entidad Servanza, S.L., y Fogasa, sobre reclamación de cantidad y debo condenar a la demandada al abono a la actora de la cantidad de 2.555,21 euros como cantidades adeudadas, más los intereses previstos en el artículo 29.3 del ET sobre dicha cantidad, devengados desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación (STS 17 de xuño de 2014) hasta la presente resolución y los del artículo 576 de la LEC a partir de la presente resolución.

Debo absolver y absuelvo al Fogasa sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma no cabe interponer recurso de suplicación.

La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Servanza, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 28 de noviembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia