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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 238 Jueves, 15 de diciembre de 2016 Pág. 54646

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2016 por la que se modifican los plazos de justificación establecidos en el artículo 24.1.A) de la Resolución de 23 de septiembre de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, del Programa de ayudas a las aceleradoras privadas de apoyo al emprendimiento innovador, en el marco de la Estrategia de especialización inteligente de Galicia 2014-2020 (RIS3 Galicia), y se procede a su convocatoria para el año 2016 (código de procedimiento IN856A).

El 10 de octubre de 2016 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 23 de septiembre de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, del Programa de ayudas a las aceleradoras privadas de apoyo al emprendimiento innovador, en el marco de la Estrategia de especialización inteligente de Galicia 2014-2020 (RIS3 Galicia), y se procede a su convocatoria para el año 2016.

El artículo 24 de dicha resolución establecía el 15 de diciembre de 2016 como fecha límite para la presentación de la justificación de los gastos correspondientes a la anualidad 2016 (realizados entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2016).

Teniendo en cuenta la fecha de publicación de la convocatoria y la complejidad de análisis de las solicitudes presentadas, se considera necesario ampliar el plazo de justificación para el año 2016 establecido en el artículo 24.1.A) de la Resolución de 23 de septiembre de 2016.

En consecuencia, en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 17.3 del Decreto 50/2012, de 12 de enero, por lo que se crea la Agencia Gallega de Innovación,

RESUELVO:

Artículo único

Modificación del artículo 24.1.A) de la Resolución de 23 de septiembre de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, del Programa de ayudas a las aceleradoras privadas de apoyo al emprendimiento innovador, en el marco de la Estrategia de especialización inteligente de Galicia 2014-2020 (RIS3 Galicia), y se procede a su convocatoria para el año 2016.

El artículo 24.1.A de la citada resolución queda redactado de la siguiente manera:

«Artículo 24. Pago

1. El abono de las ayudas para cada anualidad se hará efectivo una vez cumplido el objeto para el cuál fue concedido, que se justificará mediante la presentación de la siguiente documentación dentro de los plazos que se relacionan, sin necesidad de aportar ningún tipo de garantías.

A. Plazos:

Anualidad 2016: hasta el 26 de diciembre de 2016 (gastos realizados entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2016).

Anualidad 2017: hasta el 15 de diciembre de 2017 (gastos realizados entre el 1 de diciembre y el 30 de noviembre de 2017)».

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 12 de diciembre de 2016

Patricia Argerey Vilar
Directora de la Agencia Gallega de Innovación