La persona titular del Servicio de Movilidad de Lugo acordó la incoación de los expedientes sancionadores número LU-01322-O-2016 y catorce más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.
Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de Lugo.
Se les otorga un plazo de quince (15) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.
En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta días a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.
Lugo, 7 de noviembre de 2016
Mª del Pilar Represa Fernández
Jefa del Servicio de Movilidad de Lugo
ANEXO
Expediente Matrícula |
Denunciado DNI/CIF |
Infracción denunciada Fecha; hora; carretera; p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción propuesta |
LU-01322-O-2016 C-9703-CJ |
Cárnicas Terrachá 2012, S.L. B86322526 |
La carencia, falta de datos esenciales, ocultación o falta de conservación de la documentación de control. 6.7.2016; 00.54.00; N-VI; 543,8 |
Artículo 141.17 de la LOTT |
Artículo 143.1.d) de la LOTT |
401 € |
LU-01359-O-2016 3874-GNK |
Trasnacar, S.L. B70230834 |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 5.7.2016; 08.28.00; A-6; 517,0 |
Artículo 140.35 de la LOTT |
Artículo 143.1.g) de la LOTT |
1.001 € |
LU-01741-O-2016 4274-HKT |
Gorostiaga Mateos, Heraclio 09736170V |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 13.9.2016; 18.13.00; A-6; 474,0 |
Artículo 140.35 de la LOTT |
Artículo 143.1.g) de la LOTT |
1.001 € |
LU-01755-O-2016 5587-BFH |
Cristian Matei X9381967Z |
Atenuante - Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante. 24.6.2016; 20.30.00; AG-64; 52,5 |
Artículo 141.25 en relación con el artículo 140.1 de la LOTT |
Artículo 143.1.k) de la LOTT Artículo 143.1.f) de la LOTT |
801 € |
LU-01761-O-2016 9198-FVG |
Carlos Montoya Amaya 35623505R |
Atenuante - Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante. 21.6.2016; 09.52.00; N-642; 34,5 |
Artículo 141.25 en relación con el artículo 140.1 de la LOTT |
Artículo 143.1.k) de la LOTT Artículo 143.1.f) de la LOTT |
801 € |
LU-01763-O-2016 C-9339-BY |
Attouch Hassan X3041393B |
No llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio. 27.6.2016; 11.00.00; N-640; 90,0 |
Artículo 142.8 de la LOTT |
Artículo 143.1.b) de la LOTT |
201 € |
LU-01765-O-2016 0340-JHR |
Grupo Gasmedi, S.L.U. B84745801 |
No llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio. 23.6.2016; 12.00.00; N-640; 90,0 |
Artículo 142.8 de la LOTT |
Artículo 143.1.b) de la LOTT |
201 € |
LU-01773-O-2016 9371-HGR |
Susana Mercedes Posse Parada 47350270D |
Exceso en los tiempos máximos de conducción diaria (sobre 10 horas). Más de 10 horas hasta 11 horas. 6.9.2016; 11.00.00; A-6; 455,1 |
Artículo 142.17 de la LOTT |
Artículo 143.1.a) de la LOTT |
100 € |
LU-01774-O-2016 9371-HGR |
Susana Mercedes Posse Parada 47350270D |
Exceso en los tiempos máximos de conducción diaria (sobre 10 horas). Más de 10 horas hasta 11 horas. 6.9.2016; 11.00.00; A-6; 455,1 |
Artículo 142.17 de la LOTT |
Artículo 143.1.a) de la LOTT |
100 € |
LU-01775-O-2016 9371-HGR |
Susana Mercedes Posse Parada 47350270D |
Disminución del descanso diario normal en más de una hora (sobre 11 horas). Más de 8 horas y 30 minutos e inferior a 10 horas. 6.9.2016; 11.00.00; A-6; 455,1 |
Artículo 141.24.4 de la LOTT |
Artículo 143.1.d) de la LOTT |
401 € |
LU-01787-O-2016 5000-DPC |
Transportes y Hormigones Silvota, S.L. B33544396 |
El uso incorrecto del selector de actividades del tacógrafo. 14.9.2016; 09.45.00; CG-22; 54,7 |
Artículo 140.26 de la LOTT |
Artículo 143.1.g) de la LOTT |
1.001 € |
LU-01812-O-2016 5731-FPC |
Albemar Pex, S.L. B94130648 |
Disminución del descanso diario, en conducción en equipo, en más de 1 hora (sobre 9 horas en un período de 30 horas). Igual o superior a 7 horas e inferior a 8 horas. 10.9.2016; 15.05.00; A-6; 517,9 |
Artículo 141.24.4 de la LOTT |
Artículo 143.1.d) de la LOTT |
401 € |
LU-01815-O-2016 1544-HGC |
Albemar Pex, S.L. B94130648 |
Disminución del descanso diario reducido en más de 1 hora (sobre 9 horas). Igual o superior a 7 horas e inferior a 8 horas. 8.9.2016; 01.55.00; A-6; 494,0 |
Artículo 141.24.4 de la LOTT |
Artículo 143.1.d) de la LOTT |
401 € |
LU-01876-O-2016 2782-FSY |
Logística Nusa, S.L. B32442378 |
No llevar a bordo del vehículo el título habilitante o la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio. 23.9.2016; 09.22.00; N-120; 515,1 |
Artículo 142.8 de la LOTT |
Artículo 143.1.b) de la LOTT |
201 € |
LU-01882-O-2016 0590-JLJ |
Albemar Pex, S.L. B94130648 |
No llevar insertada en el tacógrafo la tarjeta de conductor o la hoja de registro de los tiempos de conducción y descanso, cuando ello resulte exigible o hacerlo de forma incorrecta. O no haber efectuado los documentos impresos al inicio y a la finalización del viaje en los supuestos de deterioro o mal funcionamiento de la tarjeta de conductor o en caso de que ésta no obre en su poder. 29.9.2016; 16.57.00; A-6; 529,0 |
Artículo 140.22 de la LOTT |
Artículo 143.1.h) de la LOTT |
2.001 € |