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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Viernes, 18 de noviembre de 2016 Pág. 51523

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

ANUNCIO de 26 de octubre de 2016, del Servicio de Movilidad de A Coruña, por el que se notifican las resoluciones dictadas en los expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de Correos porque, intentada la notificación, no se ha podido efectuar (expediente XC-01161-O-2016 y cinco más).

La persona titular de la Jefatura Territorial de A Coruña dictó la resolución de los expedientes sancionadores número XC-01161-O-2016 y otros cinco más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictadas a las personas interesadas.

Se les informa de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de A Coruña.

Se les comunica que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Dirección General de Movilidad de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.

En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el interesado deberá abonar la multa impuesta, empleando el modelo impreso que se facilitará en el Servicio de Movilidad de A Coruña.

En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en la normativa vigente.

A Coruña, 26 de octubre de 2016

César Concheiro Ceide
Jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña

ANEXO

Expediente

Matrícula

Persona sancionada

DNI/CIF

Infracción cometida

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción impuesta

XC-01161-O-2016

9367-GKZ

Álvarez López, Sinesio
34974134N

La falta de consignación del lugar de comienzo o del final de utilización en una hoja de registro o documento de impresión de los tiempos de conducción y descanso.

17.3.2016; 11.41; AP9; 79,5

Art. 142.4 LOTT

Art. 143.1.c) LOTT

301 euros

XC-01204-O-2016

3921-CJV

Previgal Galicia

B70390596

La realización de transporte privado complementario de mercancías, careciendo de autorización siempre que se acredite que en el momento de realizarlos se cumplían todos los requisitos exigidos para su obtención y que ésta se ha solicitado dentro de los 15 días siguientes a la notificación del inicio del expediente.

24.2.2016; 12.24; AC552; 64,0

Art. 142.1 LOTT

Art. 143.1.c) LOTT

301 euros

XC-01205-O-2016

3921-CJV

Previgal Galicia

B70390596

No llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio.

24.2.2016; 12.32; AC552; 64,0

Art. 142.8 LOTT

Art. 143.1.b) LOTT

201 euros

XC-01272-O-2016

9483-JKR

Varitrans Transportes de Maquinaria, S.L.

B84274976

La conducción sin respetar las pausas reglamentariamente exigidas. Superior a 4 horas y 30 minutos e inferior o igual a 5 horas.

10.3.2016; 10.34; N634; 700,0

Art. 142.17 LOTT

Art. 143.1.a) LOTT

100 euros

XC-01489-I-2016

C-5047-BZ

Pérez y Seoane, S.C.

J15667009

El exceso igual o superior al 5 % e inferior al 15 % sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 9 %.

25.5.2016; 10.27; AP-9F; 25,20

Art. 142.2 LOTT

Art. 143.1.c) LOTT

350 euros

XC-01549-O-2016

4853-FYJ

Reyjosa, S.L.

B15236052

Disminución del descanso diario fraccionado (sobre 3+9 horas). Igual o superior a 8 horas e inferior a 9 horas.

16.4.2016; 21.42; CP1105; 14,0

Art. 142.17 LOTT

Art. 143.1.a) LOTT

100 euros