Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento de tercería de dominio 1/2016 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de José Benito Rodríguez Gómez contra la empresa Talleres J. y M. Fernández, S.L., SS Fernández Concesionario, S.L., Automóviles J. y M. Fernández, S.L., se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
Que, estimando, a efectos prejudiciales, la demanda de tercería de dominio interpuesta por la entidad Santander Consumer Renting, S.L., debo ordenar y ordeno que, una vez firme esta resolución, se alcen los embargos trabados y se cancelen las anotaciones preventivas de embargo que hubieren sido practicadas en el seno de la presente ejecución con respecto a los siguientes bienes:
– Vehículo marca Hyundai, modelo 140, matrícula 8391 HMG, con número de bastidor KMHLC81UACU041041.
– Vehículo marca Hyundai, modelo 140, matrícula 8326 HMG, con número de bastidor KMHLC81UACU041143.
– Vehículo marca Hyundai, modelo 140, matrícula 8329 HMG, con número de bastidor KMHLC81UACU041397.
– Vehículo marca Hyundai, modelo 140, matrícula 8390 HMG, con número de bastidor KMHLC81UACU041032.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas haciéndoles saber que, contra ella, podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de tres días siguientes a su notificación con expresión de la infracción que en que a juicio del recurrente hubiere incurrido la resolución impugnada, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos (artículos 186 y 187 de la LJS).
Así lo acuerda, manda y firma, Javier Fraga Mandián, juez sustituto del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela. Doy fe.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
El magistrado juez La letrada de la Administración de Justicia
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Talleres J. y M. Fernández, S.L., SS Fernández Concesionario, S.L. Automóviles J. y M. Fernández, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este órgano judicial y en el DOG.
Santiago de Compostela, 28 de junio de 2016
La letrada de la Administración de justicia