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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Miércoles, 16 de noviembre de 2016 Pág. 51260

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (1016/2013).

Yo, Encarnación Mercedes Tubío Lariño, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 1016/2013, a instancia de Carlos Fernández Rodríguez contra la empresa Construmética, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, en los que recayó sentencia en fecha 13 de septiembre de 2016 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

«Fallo:

Se estima la demanda formulada por Carlos Fernández Rodríguez frente a la empresa Construmética, S.L., con intervención del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia:

– Se condena a la empresa Construmética, S.L. a abonar al actor la cantidad de nueve mil novecientos cincuenta y cinco euros con treinta y nueve céntimos de euro (9.955,39 euros), devengando los conceptos salariales el interés moratorio del 10 %.

Notifíquese la resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco (5) días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado graduado social colegiado o representante, dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el numero de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Construmética, S.L., expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 25 de octubre de 2016

La secretaria judicial