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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Martes, 15 de noviembre de 2016 Pág. 51191

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

ANUNCIO de 28 de octubre de 2016, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se dispone la notificación de la resolución y del requerimiento de pago de multa en período voluntario del expediente sancionador IN635C 2016/20-4.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica al interesado que se relaciona en el anexo la resolución y el requerimiento de pago de multa en período voluntario del expediente sancionador por infracción en materia de industria, por no ser posible por correo certificado. Asimismo, la eficacia de esta resolución queda supeditada a su publicación en el tablón edictal único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE).

La persona interesada podrá comparecer en las oficinas de la sede de la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, sitas en la avenida Fernández Ladreda, 43, 5º piso, 36003 Pontevedra, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, para el conocimiento íntegro de la resolución y constancia de tal conocimiento junto con la carta de pago.

Contra la resolución del expediente de referencia, el interesado o su representante disponen de un plazo de un mes para interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo competente, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOE.

Se comunica que, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional undécima de la Ley 7/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2006, el plazo de ingreso en período voluntario será el establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.

El pago en período voluntario deberá hacerse en los siguientes plazos:

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Las deudas no satisfechas en los periodos citados en las líneas anteriores se exigirán en vía de apremio.

Pontevedra, 28 de octubre de 2016

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra

ANEXO

Expediente de reclamación: IN635C 2016/20-4.

Interesado: Jorge Abalo Iglesias.

CIF: 53177827X.

Acto notificado: resolución de expediente sancionador y carta de pago de expediente sancionador.