Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Lunes, 14 de noviembre de 2016 Pág. 50244

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 17 de octubre de 2016 por la que se autoriza la transmisión mortis causa de la concesión administrativa y de la batea Agapito I.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea Agapito I y de la concesión administrativa que lo ampara, resulta:

a) Antecedentes.

Primero. Mediante escrito de 7 de octubre de 2016, Ana María Mariño Suárez y Ramón Miranda Pérez solicitan autorización para la transmisión mortis causa mediante pacto de mejora con sus descendientes de la concesión administrativa y de la batea Agapito I.

Segundo. Los solicitantes presentan la documentación requerida para la tramitación en este tipo de procedimientos.

b) Consideraciones legales y técnicas.

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre; con la Resolución de 12 de abril de 2012, de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar, y con la disposición adicional sexta del Decreto 129/2015, de 8 de octubre, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, que dispone que las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos superiores y de dirección afectados por este decreto continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas. Asimismo, el Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Mar, dispone la creación de las jefaturas territoriales.

Segundo. La Ley 2/2006, de 14 de junio, del derecho civil de Galicia, en sus artículos 209 y siguientes, regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa y con forma de pactos de apartación o de mejora.

Tercero. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa a favor de Juan Ramón Miranda Mariño (52937978M), Jorge Miranda Mariño (52937979Y) y Lidia Miranda Mariño (53486674J), de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Agapito I.

Ubicación: cuadrícula nº: 16, polígono: G, distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 4.3.1964.

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Actuales titulares: Ana María Mariño Suárez y Ramón Miranda Pérez (76493397C- 76486708R), 100 % ganancial.

Nuevos titulares: Juan Ramón Miranda Mariño (52937978M), 1/3 privativo; Jorge Miranda Mariño (52937979Y), 1/3 privativo, y Lidia Miranda Mariño (53486674J), 1/3 privativo.

Los nuevos titulares de la concesión administrativa quedan subrogados en los derechos y obligaciones que los anteriores.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 17 de octubre de 2016

La conselleira del Mar
P.D. (Resolución de 12.4.2012)
Juan Carlos Barreiro González
Jefe territorial de A Coruña