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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 213 Miércoles, 9 de noviembre de 2016 Pág. 49910

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Lugo

EXTRACTO del Acuerdo 14/670 de la Junta de Gobierno Local, de 19 de octubre de 2016, por el que se aprueban las bases generales por las que se regula la concesión de subvenciones a asociaciones y personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro de carácter vecinal, educativo, profesional y de medio ambiente para el desarrollo de programas y actividades de interés general y sectorial y para el mantenimiento de equipos, ejercicio 2016.

BDNS (Identif.): 321159.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (htp://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias. Requisitos

Podrán acogerse a esta convocatoria de subvenciones todas las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:

1) Estar legalmente constituidas y domiciliadas en el municipio de Lugo y figurar inscritas, con una antigüedad de 3 meses, en los correspondientes registros:

Excepcionalmente, cuando la actividad tenga interés social, económico o humanitario para la vecindad del municipio de Lugo, se podrán conceder subvenciones a entidades foráneas y no inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Lugo. La fundamentación de dicho interés se acreditará mediante la presentación de una memoria al efecto. En todo caso, las actividades o proyectos financiados a través de subvención municipal deben desarrollarse en el término municipal o ir dirigidos a la vecindad del ayuntamiento de Lugo, y redundar en un beneficio para su ciudadanía.

– Quedan excluidas de esta convocatoria las asociaciones o entidades que durante el ejercicio 2016 perciban otra subvención municipal para el desarrollo del mismo o diferente programa, a excepción de las ayudas para la celebración de las fiestas del Lume Novo en los barrios y parroquias del municipio de Lugo para el año 2016, que serán compatibles con estas subvenciones.

Segundo. Objeto y finalidad de la subvención

Estas bases tienen por objeto la concesión de subvenciones a asociaciones y personas jurídico-privadas, sin ánimo de lucro, para el desarrollo, durante el ejercicio 2016, de programas y actividades de interés general y sectorial, así como para el mantenimiento, conservación y pequeñas reparaciones de infraestructuras, en el desarrollo de dichos programas y actividades, y que son tramitadas por la Oficina de Participación y Atención Ciudadana.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases por las que se regula la concesión de subvenciones a asociaciones y personas jurídico-privadas, sin ánimo de lucro de carácter vecinal, educativo, profesional y de medio ambiente para el desarrollo de programas y actividades de interés general y sectorial y para el mantenimiento de equipos del ejercicio 2016 las aprobó la Junta de Goberno Local del Ayuntamiento de Lugo, Acuerdo 14/670, en sesión ordinaria que tuvo lugar el 19 de octubre de 2016, y se encuentran publicadas en el BOP de Lugo número 249, de 29 de octubre de 2016.

Cuarto. Cuantía

Esta convocatoria cuenta con un crédito presupuestario de 45.500 euros.

La cuantía máxima que se concederá individualmente no podrá exceder de 3.000 euros.

Quinto. Forma y plazo de presentación de las solicitudes

Las solicitudes de las entidades o asociaciones interesadas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Lugo o bien utilizando los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de quince días naturales a contar a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Diario Oficial de Galicia, por conducto de la BDNS. Estas bases se publicarán en el Boletín Oficial de la provincia, en el tablón de anuncios municipal y en la página web del Ayuntamiento de Lugo, si bien el anuncio publicado en el DOG, por conducto de la BDNS, será la fecha a tener en cuenta a efectos de presentación de solicitudes.

Lugo, 2 de noviembre de 2016

Rosana Rielo Rozas
Teniente de alcalde delegada del Área de Ayuntamiento y Ciudadanía