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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 212 Martes, 8 de noviembre de 2016 Pág. 49249

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

ANUNCIO de 17 de octubre de 2016, del Servicio de Movilidad de Pontevedra, por el que se notifica la resolución dictada en el expediente sancionador en materia de transportes terrestres devuelta por el servicio de Correos porque, intentada la notificación, no se ha podido efectuar (expediente PO-00540-O-2016).

La persona titular del Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Pontevedra dictó la resolución de los expedientes sancionadores número PO-00540-O-2016 por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con recibí en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifica la resolución dictada a la persona interesada.

Se le informa que el expediente sancionador se encuentra a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Pontevedra.

Se les comunica que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Dirección General de Movilidad de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.

En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el interesado deberá abonar la multa impuesta, empleando el modelo impreso que se facilitará en Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Pontevedra.

En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en la normativa vigente.

Pontevedra, 17 de octubre de 2016

José Jorge Martínez Fernández
Jefe del Servicio de Movilidad de Pontevedra

ANEXO

Expediente

Matrícula

Persona sancionada

DNI/CIF

Infracción cometida

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción impuesta

PO-00540-O-2016

8834-FCN

Manuel Álvarez Rodríguez

13051358P

No llevar a bordo del vehículo el título habilitante o la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio.

6.10.2015; 12.42; PO-531; 47,6

Art. 142.8 LOTT

Art. 143.1.b) LOTT

201 euros