Mediante la Orden de 18 de febrero de 2014 (Diario Oficial de Galicia núm. 37, de 24 de febrero), la Consellería del Medio Rural y del Mar reguló la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y las ayudas al desarrollo rural para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en el año 2014.
El artículo 28 de la citada orden dispone que las resoluciones podrán ser notificadas mediante la publicación en el Diario Oficial de Galicia.
El Fondo Gallego de Garantía Agraria (en adelante, Fogga), en base a lo dispuesto en los artículos 22 al 26 del Real decreto 1680/2009, y de acuerdo con la Orden de la Consellería del Medio Rural y del Mar de 18 de febrero de 2014, tramitó las solicitudes de derechos de pago único de la reserva nacional para la campaña 2014.
Por otra parte, de conformidad con el artículo 7.1 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia y el Decreto 7/2014, de 16 de enero, por el que se aprobaron los estatutos del organismo autónomo Fogga, se atribuyó a la Dirección del Fogga la potestad de resolver los procedimientos de concesión de ayudas que se tramiten en el ámbito de sus competencias.
Base legal:
Orden de 18 de febrero de 2014 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en el año 2014.
RESUELVO:
Comunicar que, una vez examinadas las solicitudes de derechos de pago único de la reserva nacional para la campaña 2014 en base a la normativa aplicable, el presidente del FEGA resolvió aprobar la concesión de los importes en derechos de pago único indicados a las solicitudes relacionadas en el anexo.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la presidenta del Fogga, en el plazo de un mes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 del Decreto 7/2014, de 16 de enero, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La presentación del recurso podrá hacerse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Santiago de Compostela, 18 de octubre de 2016
Belén María del Campo Piñeiro
Directora del Fondo Gallego de Garantía Agraria
ANEXO
Listado de solicitudes con asignación de importes de derechos
de la reserva nacional de pago único de la campaña 2014
Provincia |
Nº expediente |
CIF/NIF |
Solicitante |
Importe (€) |
A Coruña |
152014190443 |
****7985Z |
Muíño Reimúndez, Alejandro |
6.570,61 |
Lugo |
272014280950 |
****6713N |
López Fernández, Martín |
953,8 |
Lugo |
272014260243 |
****8541M |
Valcarcel Tallón, Miguel |
957,85 |
Lugo |
272014570735 |
****1525V |
Núñez Carballo, José Manuel |
520,39 |
Ourense |
322014340070 |
****1307H |
Alonso Nieves, Juan Luis |
8.027,80 |
Ourense |
322014860197 |
****7119T |
Carracedo Primo, Julio |
6.438,14 |
Ourense |
322014850018 |
****5370C |
López Hernández, David |
3.787,60 |
Pontevedra |
362014200310 |
****6161C |
Pérez Novas, Antonio Gustavo |
662,36 |