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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 207 Lunes, 31 de octubre de 2016 Pág. 48380

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2016, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Sanidad, por la que se declara de interés gallego y se ordena la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Coruña Biomedical Institute (CorBi Foundation).

Examinado el expediente de declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Coruña Biomedical Institute (CorBi Foundation), se dicta la presente resolución basada en los hechos y fundamentos de derecho que se exponen a continuación:

Hechos:

Primero. El 29 de julio de 2016 Julio José Casal González, presidente del patronato de la Fundación Coruña Biomedical Institute (CorBi Foundation), formuló solicitud de clasificación y declaración de interés gallego a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Segundo. La Fundación Coruña Biomedical Institute (CorBi Foundation) fue constituida en escritura pública otorgada en A Coruña el 29 de junio de 2016, ante el notario Francisco Manuel Ordóñez Armán, con el número de protocolo 1.743, por Julio José Casal González, Luis Miguel Martínez Otero, David Carro Meana, Juan José Nieto Roig, Francisco Javier Novelle Secades, Rosana Rodríguez López, José Manuel Vázquez Rodríguez, José Ramón Pérez Sante, María Eulalia Pérez Sedeño, Enrique Castellón Leal, Enric Banda Tarradellas, Manuel de León Rodríguez, Luis Bejerano Gómez-Hervada, Pedro Regojo Balboa, María Victoria Otero Espinar, David Ríos Ínsua, Victoria Ley Vega de Seoane, Camilo José Cela Conde, Carlos Belmonte Martínez, Santiago Canals Gamoneda, Juan Lerma Gómez, Susana Martínez-Conde García, Stephen Louis Macknik, Manuel Ángel Castro Alamancos y María Felipa Jove Santos, que actúan en su propio nombre y derecho.

Tercero. Según consta en el artículo 5 de sus estatutos, la Fundación tiene por objeto:

– Promover y desarrollar la investigación científica sobre la salud humana, especialmente en el ámbito de la investigación biomédica;

– Acercar la investigación puntera, la investigación frontera y el personal que desarrolla estas actividades a la ciudadanía, convirtiendo la Fundación en un referente de la ciencia más avanzada, ligando a esta entidad a un impacto positivo y duradero en el bienestar de la humanidad;

– La Fundación será una institución de excelencia, dotándose de la capacidad necesaria para competir en la escena autonómica, nacional e internacional de la investigación biomédica, contribuyendo a la traslación de este conocimiento al área clínica y potenciando la prestación de servicios encaminados a mejorar la salud y el bienestar de la sociedad;

– La Fundación promoverá y canalizará la participación activa del mundo empresarial y de la financiación privada en la investigación científica a través del patrocinio y el mecenazgo en apoyo a la ciencia;

– La Fundación potenciará la transferencia a la sociedad y al entorno biomédico del conocimiento, la información y la experiencia generados por la investigación, erigiéndose la Fundación como una plataforma de interrelación entre la investigación y el tejido empresarial.

Cuarto. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, la identificación de los miembros del patronato y los estatutos.

Quinto. En los estatutos de la Fundación consta la denominación y naturaleza, el domicilio, los fines y actividades para la consecución de sus fines, las reglas para la aplicación de las rentas a los fines fundacionales y para la determinación de los beneficiarios, así como la designación del patronato inicial.

Sexto. El patronato inicial de la Fundación está formado por Julio José Casal González como presidente; Luis Miguel Martínez Otero como vicepresidente; Pedro Regojo Balboa como secretario; y Manuel de León Rodríguez, Enric Banda Tarradellas, Luis Bejerano Gómez-Hervada, Carlos Belmonte Martínez, David Carro Meana y Enrique Castellón Leal como vocales.

Séptimo. La Comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías elevó al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia la propuesta de clasificación como de interés sanitario de la Fundación Coruña Biomedical Institute (CorBi Foundation), dado su objeto y finalidad, por lo que, cumpliéndose los requisitos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego y de conformidad con lo establecido en el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, el protectorado será ejercido por la Consellería de Sanidad.

Octavo. De conformidad con dicha propuesta, mediante la Orden de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, de 13 de setembro de 2016, se clasificó de interés sanitario la Fundación Coruña Biomedical Institute (CorBi Foundation), y se adscribió a la Consellería de Sanidad a efectos del ejercicio de las funciones de protectorado.

Fundamentos de derecho:

Primero. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía para Galicia establece que es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma gallega el régimen de las fundaciones de interés gallego.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, en relación con el Decreto 41/2013, de 21 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Sanidad, le corresponde a esta consellería la declaración de interés gallego mediante resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia y la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Coruña Biomedical Institute (CorBi Foundation), así como el ejercicio de las funciones de protectorado y las demás que correspondan a la Xunta de Galicia, de conformidad con lo indicado en dicho reglamento.

Tercero. A la vista de lo dispuesto en la Ley 12/2006 y en los decretos 14/2009 y 15/2009, resultan cumplidos los requisitos establecidos por la normativa vigente para la declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de Sanidad, de la Fundación Coruña Biomedical Institute (CorBi Foundation), por lo que,

RESUELVO:

Primero. Declarar de interés gallego la Fundación Coruña Biomedical Institute (CorBi Foundation).

Segundo. Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de Sanidad.

Tercero. Esta Fundación queda sometida a lo dispuesto en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, y en los decretos 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y el Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, así como demás normativa que resulte de aplicación, donde se establecen especialmente las obligaciones de dar publicidad suficiente de su objeto y actividades, ausencia de ánimo de lucro en la prestación de sus servicios, así como la presentación anual de la documentación contable y el plan de actuación ante el protectorado, que será ejercido por la Consellería de Sanidad.

Contra esta resolución, podrá interponerse un recurso de alzada ante el conselleiro de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 17 de octubre de 2016

Josefina Monteagudo Romero
Secretaria general técnica de la Consellería de Sanidad