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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 203 Martes, 25 de octubre de 2016 Pág. 47757

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 28 de septiembre de 2016 por la que se autoriza la transmisión mortis causa del 50 % y sucesivamente mediante pacto de mejora el otro 50 % de la concesión administrativa y de la batea Goma I.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea Goma I y de la concesión administrativa que lo ampara, resulta:

a) Antecedentes:

Primero. El día 3.1.2016 falleció Gonzalo García Cabrera, que era cotitular de la concesión administrativa y de la batea Goma I, ubicada en la cuadrícula nº 41, polígono C, en el distrito de Caramiñal, en régimen de gananciales con María Teresa Lustres Vázquez.

Segundo. Mediante escrito de 16 de junio de 2016, María Teresa Lustres Vázquez, en representación de la unidad familiar de Gonzalo García Cabrera, solicita autorización para transmisión mortis causa del 50 % y, sucesivamente, mediante pacto de mejora con su descendiente del otro 50 % de la concesión administrativa y de la batea Goma I.

Tercero. La interesada presentó la documentación requerida para la tramitación de este tipo de procedimientos.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre; con la Resolución de 12 de abril de 2012 de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar, y con la disposición adicional sexta del Decreto 129/2015, de 8 de octubre, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, que disponen que las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos superiores y de dirección afectados por este decreto continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas. Asimismo, el Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Mar, dispone de la creación de las jefaturas territoriales.

Segundo. La Ley 2/2006, de 14 de junio, del derecho civil de Galicia, en sus artículos 209 y siguientes, regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa y con forma de pactos de apartación o pacto de mejora.

Tercero. El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa del 50 % y, sucesivamente, mediante pacto de mejora del otro 50 %, a favor de Gonzalo García Lustres (76969503A), de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Goma I.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 41.

Polígono: C.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 11.6.1974.

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Antiguos titulares: María Teresa Lustres Vázquez y Gonzalo García Cabrera (33111814W- 35386347L), 100 % gananciales.

Nuevo titular: Gonzalo García Lustres (76969503A) ,100 % privativo.

El nuevo titular de la concesión administrativa se subroga en los derechos y obligaciones de los anteriores.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 28 de septiembre de 2016

La conselleira del Mar
P.D. (Resolución de 12.4.2012)
Juan Carlos Barreiro González
Jefe territorial de A Coruña