Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Martes, 18 de octubre de 2016 Pág. 47094

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2016, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y de la necesidad de urgente ocupación que lleva implícita, y de autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Vigo (expediente IN407A 2016/83-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y de la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita, y de autorización administrativa de construcción de las instalaciones eléctricas que a continuación se describen:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: travesía de Vigo, 204, 36207 Vigo.

Título: LMT BAL701 CT Beirán.

Situación: Vigo.

Características técnicas: LMT subterránea a 15 kV con conductor RHZ de 419 metros de longitud, con origen en el apoyo existente nº 1 (HV-630-R13) de la BAL701 y final en el paso aéreo subterráneo proyectado en el apoyo existente nº 8 (C-2000-14), una vez entre y salga del CT proyectado. Centro de transformación de 400 kVA, RT 15 kV/400-230 V, situado en Camiño dos Carrazóns, Beirán, parroquia de Matamá, Vigo.

Se realizó el trámite de información pública insertando anuncios en el DOG, de 6 de junio de 2016, en el BOP de 27 de junio de 2016, en el periódico Faro de Vigo de 16 de junio de 2016 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Vigo. También se notificó individualmente al titular de la finca afectada por la instalación según la relación facilitada por la empresa peticionaria. Durante el mencionado trámite se recibió la siguiente alegación:

Con fecha 21 de junio de 2016, Emilio Alonso Estévez, titular de la parcela con referencia catastral 54057A132002310000BX, presenta escrito de alegaciones en esta jefatura territorial en relación con el expediente IN407A 2016/83 LMT BAL701 CT Beirán (Vigo).

Con fecha 13 de julio de 2016 tuvo entrada en esta jefatura territorial la contestación dada por Unión Fenosa Distribución, S.A. a la alegación de Emilio Alonso Estévez.

Una vez examinados ambos escritos, se concluye que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 144 (Información pública) del Real decreto 1955/2000.

En el escrito de alegaciones presentado por Emilio Alonso Estévez no se propone trazado alternativo al del proyecto de ejecución, por lo que no se puede valorar lo indicado en el artículo 161 del Real decreto 1955/2000.

En lo relativo al PGOM de Vigo, cabe indicar que esta jefatura territorial no es competente en materia de urbanismo.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial

RESUELVE:

Conceder autorización administrativa, autorización administrativa de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita de los bienes afectados por la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de la instalación, de acuerdo con el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, será de 14 meses a partir de la recepción de la presente resolución. A efectos de la posible solicitud de prórroga, el peticionario deberá tener en cuenta lo dispuesto en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Pontevedra, 19 de septiembre de 2016

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra