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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 195 Jueves, 13 de octubre de 2016 Pág. 46690

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 100/2016).

María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de titulos judiciales 100/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra Camposar Obras y Reformas, S.L. sobre ordinario, se ha dictado decreto en el día de la fecha, cuya parte dispositiva dice literalmente:

«Acuerdo:

a) Declarar al ejecutado Camposar Obras y Reformas, S.L. en situación de insolvencia total por importe de 444,13 euros de principal (244,13 euros de cantidad adeudada + 200 euros de honorarios de letrada impuestos en sentencia) y de 44,41 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, sin perjuicio de reaperturar la ejecución, si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

c) Una vez firme la presente resolución, procédase a su inscripción en el registro correspondiente.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la LJS».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Camposar Obras y Reformas, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 22 de septiembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia