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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 189 Martes, 4 de octubre de 2016 Pág. 45716

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (1201/2015).

María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hace saber que en el procedimiento despido/ceses en general 1201/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Iván García Martínez contra la empresa Aluminios Alvedro, S.L., Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuyos antecedentes de hecho y fallo se adjuntan:

«Sentencia

A Coruña, 18 de mayo de 2016.

Jorge Hay Alba, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el nº 1201/2015 siendo parte en el mismo, de un lado, como demandante, Iván García Martínez, con DNI nº 47381720H, asistido por el letrado José Ángel Losada Vasallo y, como demandado, Aluminios Alvedro,  S.L. y Fogasa, que no comparecen, sobre despido, ha pronunciado, en nombre del rey, la siguiente sentencia.

Antecedentes de hecho:

Primero. La parte demandante presentó demanda que por turno correspondió a este Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, en la que, tras exponer los hechos y alegar los fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminaba suplicando que se dictase sentencia conforme a lo pedido.

Segundo. Admitida a trámite dicha demanda, se señaló la celebración del acto de juicio y el mismo se celebró en la fecha señalada en todas sus fases, con el resultado que consta en el acta redactada al efecto y que quedó debidamente grabado en el correspondiente soporte CD. Una vez concluso el acto del juicio, quedaron los autos vistos para dictar sentencia.

Tercero. En la tramitación de los presentes autos se han observado las normas legales de procedimiento.

Fallo:

Que, estimando la demanda interpuesta por Iván García Martínez contra la empresa Aluminios Alvedro, S.L., con citación del Fogasa, debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado al actor y extinguida la relación laboral en la fecha de la presente resolución, condenando a la demandada a que abone una indemnización de 24.060,98 €.

Notifiquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al anunciar el recurso, entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banco de Santander de esta ciudad.

E igualmente deberá, en el momento de interponer el recurso, consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Aluminios Alvedro, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 14 de septiembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia