BDNS (Identif.): 318163.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las personas físicas, jurídicas o pluralidad de personas físicas que sean pymes del sector de transformación de los productos pesqueros y de la acuicultura.
Segundo. Finalidad
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para inversiones en pymes de transformación de los productos procedentes de la pesca y de la acuicultura, que tendrán como finalidad realizar inversiones que:
1. Contribuyan a ahorrar energía o reducir el impacto en el medio ambiente, incluyendo el tratamiento de residuos.
2. Mejoren la seguridad, higiene, salud y las condiciones de trabajo.
3. Ayuden a la transformación de capturas de pescado comercial que no se puedan destinar al consumo humano.
4. Se refieran a la transformación de subproductos obtenidos de las actividades principales de transformación.
5. Se refieran a la transformación de productos de acuicultura ecológica en virtud de los artículos 6 y 7 del Reglamento (CE) nº 834/2007.
6. Que den lugar a nuevos y mejores productos, nuevos o mejores procesos, o nuevos o mejores sistemas de gestión y organización.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 15 de septiembre de 2016 por la que se establecen las bases y se regula el procedimiento para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para inversiones en pymes de transformación de los productos pesqueros y de acuicultura cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), y se convocan para el año 2016.
Cuarto. Importe
Para el año 2016 las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 14.02.723A.771.1 que figura dotada en el presupuesto de gastos de la Consellería del Mar para el año 2016, aprobado por la Ley 12/2015, de 24 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2016. La concesión de las subvenciones queda supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de gastos de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2016. Los importes máximos de las subvenciones que se concedan ascenderán a 6.800.000 euros distribuidos en las siguientes anualidades:
– Anualidad 2016: 500.000 euros.
– Anualidad 2017: 6.300.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Un mes contado desde el día siguiente a la publicación de la orden.
Se entenderá como último día del plazo para la presentación de solicitudes el correspondiente al mismo ordinal del día de su publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.
Santiago de Compostela, 15 de septiembre de 2016
Mª Isabel Concheiro Rodríguez-Segade
Secretaria general técnica de la Consellería del Mar