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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 175 Miércoles, 14 de septiembre de 2016 Pág. 42284

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2016 por la que se amplía el plazo de presentación de la documentación justificativa establecido en la Resolución de 19 de febrero de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos para el apoyo a las inversiones para uso público en infraestructura recreativa, información turística e infraestructura turística a pequeña escala, mediante el fomento de la accesibilidad y señalización de los recursos turísticos en el medio rural, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, y se anuncia la convocatoria para el año 2016 (TU501A).

El día 29 de febrero de 2016 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 19 de febrero de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos para el apoyo a las inversiones para uso público en infraestructura recreativa, información turística e infraestructura turística a pequeña escala, mediante el fomento de la accesibilidad y señalización de los recursos turísticos en el medio rural, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, y se anuncia la convocatoria para el año 2016.

En el artículo 19.1 de las bases se establece que los ayuntamientos beneficiarios tendrán hasta el 1 de octubre de 2016 para presentar la documentación justificativa de la subvención. Teniendo en cuenta la fecha de resolución de dichas ayudas, motivada por el largo proceso de evaluación y resolución, junto a la complejidad de la ejecución de los proyectos, a fin de viabilizar los procesos de ejecución y justificación por parte de los beneficiarios resultantes, sin que con ello se cause perjuicio a terceros, se considera necesario ampliar el plazo de justificación.

De acuerdo con lo anterior, vista la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento,

RESUELVO:

Artículo único. Ampliación del plazo de ejecución y justificación

Se amplía hasta el día 31 de octubre de 2016 (inclusive) el plazo para la ejecución y justificación de las inversiones que fueron objeto de subvención al amparo de la Resolución de 19 de febrero de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos para el apoyo a las inversiones para uso público en infraestructura recreativa, información turística e infraestructura turística a pequeña escala, mediante el fomento de la accesibilidad y señalización de los recursos turísticos en el medio rural, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, y se anuncia la convocatoria para el año 2016 (TU501A).

Disposición última única. Entrada en vigor

La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 7 de septiembre de 2016

El/La director/a de la Agencia Turismo de Galicia
P.S. (Orden de 22.8.2016; DOG de 25 de agosto)
Manuel Galdo Pérez
Secretario general de la Presidencia