De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Galicia las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario a que se imputen, el beneficiario, la cuantía concedida y la finalidad o las finalidades de la subvención.
Finalidad: la ejecución de las acciones formativas asociadas a los contratos de formación y aprendizaje.
Normas reguladoras:
– Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual (BOE núm. 270, de 9 de noviembre).
– Orden de 20 de abril de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria para el año 2015 de las subvenciones para la financiación de la formación y de la actividad laboral de los contratos para la formación y aprendizaje regulados por el Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre (DOG núm. 78, de 27 de abril).
Aplicaciones y créditos presupuestarios:
11.03.323A.460.1 (700.000,00 € para el año 2015 y 300.000 € para el año 2016).
11.03.323A.471.0 (700.000,00 € para el año 2015 y 300.000 € para el año 2016).
Santiago de Compostela, 29 de agosto de 2016
José Alfonso Marnotes González
Director general de Orientación y Promoción Laboral